No se puede acreditar, es la ley del embudo ellos aplican el 3% y ya está no hay más.
¡Viva el EStado de Derecho!
Mi padre pagó en Sucesiones cuando falleció mi madre por el valor del 50% del piso que era la vivienda habitual, reclamó que estaba exento el 95% del 50% dado que era la vivienda habitual y así lo contempla la Ley, pues nada primero lo denegó la Comunidad de Madrid, despues el Tribunal Economico-Administrativo y ahora el Tribunal Supremo, con lo cual aparte de pagar de más ha habido que pagar procurador y abogado.
¡A que poca justicia tiene derecho Juan Pobre!
Disculpa si me he ido de tu post, pero es un hecho que da que pensar.
Saludos