Tributación de ERE en renta 2010
Buenas,
Según tengo entendido modificaron la tributación por las extinciones de contrato de trabajo mediante ERE, de cantidas superior a 20 días por año, y con la nueva norma es equiparado a un despido improcedente con 45 días y 42 mensualidades de tope. ¿ Esto sigue siendo así no ?
Otra duda que tengo es que la empresa en la que estaba antes hicieron un ERE que empezó a tramitarse antes de acabar el 2010 pero la resolución de aprobación del ERE es de enero de 2011. ¿ Esto no debería computar para la declaración del año próximo ? Es que la empresa los ha incluido en el año 2010 y dice que es correcto, pero si está exento hasta 45 días, ¿ en teoría me dará igual en que año lo incluyan no ? ¿ o aun estando exento debe reflejarse ese ingreso en algún apartado de la declaración ?
Gracias.