Vivienda habitual ¿ qué? ¿cuánto?
Mi padre se jubila, pequeña panaderia en los bajos, y arriba el piso en el que vivía con los hijos, y arriba otros dos pisos vacíos (casi en ruinas). Vende TODA la casa por 125.000 euros. El tiene el 50% y sus hijos el 25%. Total 4 referencias catastrales distintas.
cuestiones:
- ¿Puede considerar como "vivienda habitual" alguno de los pisos que en el catastro y borrador aparecen como "almacen?
- Ni en la escritura de compra ni en la de venta de toda la casa , se especificó el precio por piso (por referencia catastral). ¿puedo poner, a la hora de hacer la renta, a cada una de las 4 referencias catastrales el valor que quiera, siempre que la suma sea 125.000.
(así, pongo el máximo en lo que es seguro piso habitual, y pongo poco en la panaderia , y los pisos vacios.)
pd: tampoco tengo claro si al venderlo , mi padre debe declarar el usufruto sobre el 50% de la parte de los hijos que tiene... ¿quién dijo que hacer la irpf era fácil?