Contrato de arras penitenciales
Hola!!!
Estamos haciendo contrato de arras penitenciales.
Teníamos entendido que los gastos de otorgamiento de escritura pública los paga el comprador. Sin embargo hemos encontrado este articulo:
IX. Artículo 1455. [Gastos de otorgamiento de escrituras] “Los gastos de
otorgamiento de escrituras serán de cuenta del VENDEDOR, y los de la primera
copia y los demás posteriores a la venta serán de cuenta del comprador, salvo
pacto en contrario”.
Que es lo más habitual? A qué se refiere este articulo?
Es decir, quien tiene que pagar los gastos?
Vivimos en Cataluña!
Gracias!!!!