Duda oferta vinculante
Me han entregado la oferta vinculante de un préstamo a interés variable que se reduce el diferencial por productos contratados, es decir, es bonificada. Pero me indica lo siguiente”
“A partir de la fecha, se revisará anualmente, aplicando el tipo resultante e incrementar un diferencial de 1,2500 puntos sobre el “Euribor”, sin perjuicio de la reducción regulada a continuación.
REDUCCIÓN DEL DIFRENCIAL: Dicho diferencial será objeto de bonificaciones, las cuales se aplicarán, en su caso, a partir de la primera fecha de revisión, siempre que, ininterrumpidamente, durante el periodo anterior a cada fecha de revisión del tipo de interés, se cumpla por la PARTE PRESTATARIA las condiciones que se especificarán a continuación:
a) El diferencial se reducirá en 0,55000 puntos porcentuales, si se producen……”
Mi duda es el significado “sin perjuicio de la reducción regulada a continuación”. Debo estar equivocado pero me da la impresión que significa que siempre se aplicará el 1,2500 sin tener en cuenta (sin perjuicio) la reducción que se indica a continuación (que son justamente las bonificaciones). Pero creo que no puede ser porque el comercial de la entidad me asegura que ese 1,2500 se me bonifica por productos contratados.