Me han subido la tarifa de Movistar Fusión, ¿qué puedo hacer?.
El anuncio por parte de Movistar de que, a partir del próximo 5 de febrero, subirá 5 euros el precio de parte de sus paquetes convergentes «Fusión»; así como la imposición de dos sanciones contra la compañía por parte de las autoridades de consumo de la Junta de Andalucía y de la Comunidad de Madrid, por una primera modificación de las tarifas de Fusión en abril de 2015, ha vuelto a poner de actualidad la situación en que quedan los consumidores ante las periódicas modificaciones unilaterales de tarifas por parte de las compañías de telecomunicaciones.
A continuación, por medio de unas sencillas preguntas y respuestas, intentamos aclarar a qué productos afecta la última subida y qué opciones tienen los consumidores ante estas situaciones:
¿Afecta la subida a todos los productos «Fusión» de Movistar?
No. Desde Telefónica España destacan que se va a incrementar el número de gigas por línea, pasando de 3 a 8 gigas. En este sentido, fuentes de la compañía, han destacado que esta modificación se va a comunicar a los clientes en la facturay que afectará a los productos que tienen dos o cuatro líneas móviles. Es decir, a «Movistar Fusión + con dos líneas móviles» - que ahora tendrá 16 gigas a compartir, 8 por línea- y al «Movistar Fusión + con cuatro líneas móviles», que incrementará sus gigas a compartir de 12 a 32.
Unas opciones que serán contratables para los nuevos clientes, aseguran estás mismas fuentes, a partir del citado 5 de febrero (tanto en el caso del ADSL a máxima velocidad como en el caso de fibra simétrica de 300 Mbps), y que para los clientes que ya tuvieran «Fusión» (con dos o cuatro líneas móviles) se les aumentaría de forma automática su factura mensual en 5 euros. Es decir, a unos 700.000 clientes. Una mejora que se estima en unos 30 euros, similar a cuando se solicita un incremento puntual en los datos del móvil.
Como consumidor, ¿qué opciones tengo?
Como comenta Gerardo Ruiz, abogado de Legálitas especializado en Derecho del Consumidor, el artículo 9 del Real Decreto 899/2009 de 22 de mayo por el que se aprueba la Carta de Derechos del Usuario de los servicios de Comunicaciones eléctricas, permite «a cualquier compañía modificar las condiciones de un producto de forma unilateral: económica, de prestación de servicio...». Según este especialista, al consumidor le resta la opción de mostrar su desacuerdo y anular su contrato «sin ninguna penalización», por parte de la compañía.
Ruiz añade que la compañía tiene la obligación de «comunicar al cliente estos cambios con un mes de antelación y, durante ese tiempo, tengo derecho a pensar si mantengo o no el contrato». Al respecto, avisa contra los casos en que este aviso viene incluida en la factura digital, ya que esta puede no leerse: «Esto genera muchas consultas, porque con el predominio de la firma digital, dejamos de examinar esta comunicación», reconoce. Un medio totalmente legal, a decir de este especialista, que añade que la legislación no concreta la forma en que la compañía tiene que comunicar estos cambios. Si no recibe nada, la decisión quedaría en manos de las autoridades de consumo correspondientes.
¿Hay posibilidad de que la compañía me mantenga en las mismas condiciones?
No. Como reconoce el abogado de Legálitas, «esta sería la solución que desearía el 99,9% de los clientes que nos llaman». Sin embargo, Ruiz recuerda que «la Ley no da esa opción: O claudico o anulo el contrato y, posiblemente, cambio de compañía».
Lo que sí recomienda este experto, además de asociaciones de consumidores como Facua o Asgeco, es que si no se van a aceptar las nuevas condiciones conviene comunicarlo por un medio formal: carta certificada, correo electrónico, burofax, una queja ante una oficina de consumo, etc... «Si no lo comunico expresamente, la ley interpreta que estoy aceptando: con esta omisión, si no digo que renuncio, me cierro a la posibilidad de reclamar si la compañía me sigue facturando», advierte este abogado. En este sentido, reconoce que hay casos en que a algún operador le cuesta dar de baja un servicio.
¿Y si aprovecho para anular otros contratos que mantengo con la misma compañía, distintos a los de «Fusión»?
Al respecto, Ruiz advierte que la «rescisión mencionada va correlativa con el producto o tarifa que se está modificando». Es decir, que no vale aprovechar que el Pisuerga pasa por Valladolid para anular otros contratos diferentes al de «Fusión»: Si se ha adquirido otros productos de la misma operadora, y se rescinden a la vez, aquí se estará sometido a las posibles penalizaciones establecidas en cada acuerdo. El abogado de Legálitas apunta que, «por ejemplo, ahora que los terminales móviles se financian a través de las compañías si te quieres dar de baja antes del periodo de financiación, te pedirían igualmente todos los plazos que queden por abonar».
¿Es aconsejable acudir a la vía judicial o al arbitraje de consumo, si soy un cliente original de Movistar Fusión?
Gerardo Ruiz desaconseja la vía judicial, por costosa y «por requerir la intervención de un abogado y un interventor». En cambio, desde la Asociación General de Consumidores (Asgeco) apuntan que se podría reclamar desde una oficina de información al consumidor o desde una asociación al verse modificadas las características iniciales del Movistar Fusión. En este sentido, al igual que el experto de Legálitas, avisan que las empresas pueden «cambiar las condiciones del contrato de manera unilateral, siempre que avisen y lo notifiquen con un mes de antelación».
Esta misma Asociación menciona la vía del arbitraje de consumo, «donde muchos consumidores han ganado, ya que si te habían prometido la tarifa X durante toda la vida, en esta situación, recomendamos recurrir para que se aplique la misma o una próxima». Si no, en una línea similar a la de otros especialistas, «buscar otras opciones dentro o fuera de la compañía y, sin olvidar, que te pueden aplicar una penalización por rescindir otras tarifas que no tengan que ver con Fusión».
En una línea similar se mueve el portavoz de Facua, Rubén Sánchez, quien también ha apuntado al arbitraje de consumo y recordado que esta Asociación mantiene abierta una demanda contra Telefónica por la primera subida de la tarifa de Movistar Fusión en abril de 2015, que ha sido admitida por el Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid, en la que se han personado 4.156 personas, y cuya audiencia previa se celebrará el próximo 7 de marzo.
«También algunos consumidores han ido a tribunales, a los juicios rápidos, pero a veces los jueces no se paran a hacer un análisis profundo de cada caso, por lo que ha habido de todo», apunta Sánchez quien cree que una sentencia a favor de los denunciantes sería «histórica».
http://www.finanzas.com/noticias-001/todos/20161228/subido-tarifa-movistar-fusion-3543352.html
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