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Fiscalidad subordinadas
Tengo una duda a ver si alguien me la puede aclarar: Si acepto el canje conservador en la subordinada con vencimiento , o sea una quita mayor en vez de mas activos tóxicos escogiendo un depósito a vencimiento ¿Puedo compensar algo de esa pérdida en la Renta del año que viene? otra duda que tengo es ¿desde que día se supone que te comienza a contar el depósito si la quita es desde el 1/12/2013 como marca la ley) Las mias son del banco gallego y vencen el 30 de octubre de este año y el canje es obligatorio decidirlo antes del 22 de este mes? Gracias.