Hola¡
El asistente virtual compinchado con hacienda me dice esto:
El rendimiento del capital mobiliario se minorará exclusivamente por los gastos de administración o depósito de valores negociables (en las Letras del Tesoro no existen estos gastos).
En general, estos rendimientos están sometidos a retención del 19%. No obstante, no están sujetos a retención los rendimientos derivados de la transmisión o amortización de las Letras del Tesoro.
Yo he tenido 200€ de gastos, significa que no los puedo minorar o meter en alguna casilla, me puede alguien aclarar esto , por favor.