Duda con la cantidad que debo poner en el continente al contratar seguro de hogar (vivienda con hipoteca)
Hola a todos,
Al firmar la hipoteca con el banco tuve que contratar un seguro de hogar con ellos, pero tras el primer año lo puedo dar de baja cuando quiera ya que no está vinculado a la hipoteca ni afecta al diferencial si lo doy de baja y es lo que voy a hacer.
He estado leyendo varios hilos al respecto por el foro y si no he entendido mal, al contratar el nuevo seguro en el continente debo poner el valor de reconstrucción.
He mirado en la tasación de la vivienda que se hizo al firmar la hipoteca y me aparecen dos cantidades y no se cual debo poner. Así lo pone en la tasación:
1. Valor a efectos de asegurar el coste de construcción a nuevo.
2. Valor a efectos de asegurar la pérdida de valor que se produciría en caso de destrucción total del inmueble (según artículo 10, RD 716/2009) (este valor es mas alto que el anterior).
Mi duda es cual de esos dos valores debo poner en el continente del nuevo seguro, ya que entre el valor 1 y el valor 2 hay 13.000€ de diferencia.
Revisando los capitales contratados en el seguro actual del banco veo que el valor del continente supera en 5.000€ al valor 2 (el que he puesto mas arriba) de la tasación que es el mas alto por lo que creo que incluso tengo contratado mas continente del que debería tener.
Otra cuestión:
Con el seguro actual tengo contratado mas contenido del que realmente tengo en la vivienda y en el nuevo seguro mi idea es bajar el capital del contenido.
¿Hay que contratar una cantidad mínima de contenido en relación al continente que se indique o ambos capitales se pueden establecer líbremente?.
A ver si me podéis aclarar las dudas.
Un saludo.