Re: TV Samsung estropeado
Sorry pero...¿Qué tiene que ver?
El segundo párrafo del art 18 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro dice "Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado."
Por tanto el asegurado es quien decide quien repara la cosa siniestrada y el recurso o no de reparadores de la aseguradora es plenamente facultativo y no puede serle impuesto. Como dice la Legislación vigente en materia de Competencia el pacto acerca de tarifas está prohibido y las mismas se fijan libremente por cada empresario por lo que no resulta legal que el asegurador discuta el precio de una reparación si se trata de un coste efectivamente soportado por el asegurado en una empresa legalmente capacitada para realizar el trabajo necesario para reparar. Mucho menos argumento tendrá si se trata del SAT oficial de la marca.
Por ello no entiendo la pregunta salvo que sea retórica y pretenda iluminar lo indicado.
Todo ello aparte del evidente infraseguro y la evidente ausencia de profesionalidad de quien comercializó ese seguro. Ya digo, solo para aclarar lo respectivo a la pregunta concreta.
Un abrazo,