O no me he explicado bien o tu no lo has comprendido, no hablo de particulares, hablo de un banco y un supuesto deudor y digo supuesto deudor puesto que el banco crea el préstamo con tu firma y lo que preguntaba es si tú con tu firma (nota promisoria) puedes cancelar ese préstamo.
Como este es un foro de gente competente en asuntos financieros, quería plantearos una cuestión: puede una "persona" física emitir notas promisorias para liquidar deudas bancarias???
De donde salió el dinero para el New Deal?? Al parecer, el señor Roosevelt puso como garantía colateral a los ciudadanos mediante el certificado de nacimiento, estableciendo así un nuevo sistema de esclavitud. Verdad, mentira, quien sabe.....
Cómprate un microscopio como hice yo y mira a sangre viva lo que tienen en la sangre los pinchados. Cuando hagas eso y veas los coágulos más todos los objetos que tienen, vienes y me cuentas.
En su día, eché un vistazo a la normativa del Fondo de Garantía de Depósitos y había algo curioso, no recuerdo muy bien el tema pero venía a decir que los depósitos se abonarían a los depositantes en la forma que determinara la ley. Entendí que el tema estaba abierto, podrían abonar el dinero como les saliera de las narices, por ejemplo en bonos del estado. Tal vez entendí mal, si alguien lo tiene claro, agradecería me lo dijera.
Acaso también te comes las cáscaras de las gambas y de los cangrejos???? Yo prefiero lo de dentro, no lo de fuera. Está claro que para tener una visión de lo que pasa hay que estudiar un poquito más.