Hola; estamos hablando de dos productos diferentes; por un lado el PIAS, es el que nos permite hacer el ahorro y por tanto reunir un capital. dicho producto permite si se mantiene como minimo 10 años rescatarlo para hacer una renta Vitalacia con 0 pago a Hacienda, evidentemente si se precisa sepuede rescatar antes pero tributando a Hacienda el % que corresponda en ese momento. Una vez rescatado se formaliza la Renta que se puede pactar Vitalacia pura o temporal por periodos de 5 o 10 años y por supuesto con interes garantizado, pero no se puede pactar el interes ahora , tiene que ser en el momento de formalizarla ( para que te sirva de ide en este momento estan en torno al 4, 3 4,5 % dependiendo de la edad de tomador.
Scoralstom; el PIAS a medio plazo es un muy buen producto, ya que puedes contratarlo como garantizado osea tanto capital como intereses garantizado, ( aprox. hablamos de un 4,3 % ) y si lo mantienes durante 10 años minimo al rescatarlo en forma de Renta tienes una fiscalidad muy favorable ya que no te retiene nada osea " 0 " ni del capital ni de los intereses. Saludos.
begira: existen rentas vitalicias al 4.3 % garantizado y con retorno de la prima no consumida, tambien tienes la opcion de rentas temporales a 5 o 10 años, que te garantizan el interes del 4,3 % durante ese tiempo y el capital principal esta totalmente a salvo, osea que en caso de fallecimiento no se pierde ni un euro. , para mas informacion te puedo hacer un estudio personalizado, mandame un privado y comentamos. Saludos.
Juanjomur; como producto no lo encuentro mal, igualable e incluso mejorable. ahora como propaganda sibilina de tu propio producto y cia., me parece excelente.
Pues si les da por reclamarte efectivamente tienen las de ganar, pero tambien has de tener claro que no siempre lo hacen, depende tambien del importe de la poliza, si les compensa o no el tema judicial., saludos.
Perdona las correcciones Rufo75, pero no es asi. Las polizas de Decesos ( bien hechas, te ruego que no nos pongais a todas las cias en el mismo saco que la Alianza), garantizan un capital, efectivamente quedan cubiertos los traslados, pero como podras suponer, cada localidad española tiene unos precios de entierro y de valor de alquiler de nicho y eso depende de la lozalidad donde se produzca el entierro. Tambien es verdad si asi debe de ser que si la compañia no gasta todo el capital contratado se debe y te garantizo al menos en mi caso que se Devuelve, religiosamente. Lamento la mala imagen que algunos casos o algunas compañias producen al sector pero no todos actuamos asi de mal. Saludos.
Depende de la poblacion donde se resida, un servicio completo por la zona de barcelona puede estar en torno a los 2700 euros pero despues depende si queremos incineracion o bien la contratacion de un nicho de alquiler a maxima o minima temporalidad si es a 25 años piensa que el alquiler del nicho podria costar unos 2000 euros.
Hastaloshue; Mas que un tema de obligacion yo diria que es un tema de resposabilidad personal, en este pais aun tenemos poca cultura de seguros; Todavia hay mucha gente que asegura el coche a todo riesgo, por lo que pueda pasar y ahi esta protegiendo un patrimonio en la mayoria de los casos de 20.000 o 30.000 euros. en cambio No protegemos el mayor patrimonio que poseemos la media de los españoles que es la vivienda con todo lo que hay dentro., amen de cubrirnos la responsabilidad civil de cualquier percance que puede llevarnos a la ruina. supongamos que tenemos en casa un incendio que provoca que se queme el piso superior ( por decir algo), nos pueden pedir que repongamos el daño causado sin incluir que pudiera haber algun fallecimiento. (Pues si fuera asi y no tenemos un seguro que nos respalde, pues arruinados de por vida.) No creo que merezca la pena correr el riesgo por lo que cuesta un seguro de hogar.¡¡¡ Saludos.
Hola Látigo; es muy posible que no te acuerdes pero te dieran a firmar en su momento la poliza del seguro con su correspondiente estado de salut., si es asi y no comentaste lo de la incapacidad., pues no hay seguro ya que existiria dolo por tu parte., si no fue asi, osea que no te dieron a firmar ningun cuestionario., la resposabilidad es del mediador y por tanto la cia de seguros por lo que posiblemente te tengan que pagar el importe pendiente del prestado desde la fecha en que se produjo la absoluta ( si es que esta contratada,) habria que ver la poliza.