Tienes razón, es de este año. Como ponía IMPORTE DE LA RENTA GARANTIZADA APLICABLE, si es aplicable se han equivocado de año y nos equivocan a los demás, jejeje. Como dices lo mejor es que pida cita y lo hable personalmente en la oficina para que se lo pongan en el mayor número de plazos posibles.
La pensión de alimentos para los hijos no se declara en la renta, pero la compensatoria sí se declara, aparece en rendimientos del trabajo. Y tanto una, como otra, sí computan para el IMV.
Hacer, no puedes hacer nada. Lo malo que tiene el IMV es que actualizan tarde, a finales de año y no a principios como debía de ser, y te están pagando de más todos esos meses. Lo único es reservar un dinero, si ves que al final de año te baja el IMV en la actualización, significa que tendrás deuda que luego te reclamarán. Te reclamarán la diferencia de lo que cobras y lo que actualizan. Un ejemplo, si cobras 500 euros y en octubre te baja a 400, tienes una deuda de 100 desde enero hasta octubre, en total 1000 euros de deuda.
Para eso estamos, ayudarnos unos a otros. Lo único malo de si trabajas y no te aplican el incentivo al empleo, es que generas deuda al descontarte los ingresos que tengas, que te reclamarán en un futuro. Ahora están reclamando deudas de los años 2020, 21 y 22. Es solo para que lo tengas en cuenta, si a finales del año que viene te baja la mensualidad, generas deuda que luego te reclamarán.
L@s asistentes sociales, tela... No sé como ayudarte, me suenas, de haber hablado contigo por el principio del IMV, que llevas aquí como yo desde hace años y yo ya llevo cobrando el IMV cerca de tres años, no es normal que te la hayan denegado tantas veces.
Te la han denegado varias veces, según tú, por no coincidir la unidad de convivencia, para mí es por esa persona. Que sigue empadronado en tu vivienda. Yo que tú me personaba en el INE y le insistía que te llegan cartas del censo electoral, y no te aprueban el IMV. O iría a la asistenta social.
Entonces tendrás a esa persona empadronada en tu vivienda y por eso no te han aprobado las otras veces el IMV. Lo conoces? para que le pidas que se empadrone donde viva o pregunta al propietario de la vivienda si esa persona ha vivido ahí. No tires la carta del censo electoral.
No tienes que hacer nada más. La SS cuando actualicen sobre octubre o noviembre tendrán en cuenta tus ingresos con la declaración de la renta, que ellos ven a través de la agencia tributaria.