Lunático, llamé a hacienda al teléfono de dudas y me dijeron que en este caso la vinculación sería la D, si se puede demostrar que el niño vive con ambos padres, que puede entenderse si pasa por temporadas días con uno y días con otro. Sería asimilable a algo así como una custodia compartida en la que la pareja ya no vive junta, vive cada uno en su casa, y no se ha establecido pago de pensión de alimentos de uno a otro.
Me dijo la especialista de 2º nivel que me atendió, que para Hacienda se asimila el mantenimiento de un hijo a la convivencia. Es decir, que el niño puede estar empadronado o vivir con uno de los padres, pero que si el otro también le mantiene, se puede deducir cada uno el 50% del mínimo por descendientes.
Me dijeron también que en este caso, en el campo "otras situaciones", no elegir ninguna opción de las que hay puesto que ninguna se adapta a su situación.
Lo de poner la situación B, sería lo mejor y lo que quiere la madre, que va a hacer declaración conjunta con el niño y su interés es llevarse ella todas las deducciones, pero me parece muy injusto para el padre, hasta el punto de desaparecer el hijo de la declaración de la renta. Lo equitativo, lo justo, sería al 50%, si ambos mantienen a ese niño. Y eso es lo que yo les estoy recomendando, me parece de lógica y justo que así sea.
Juan Lackland, no será porque yo no se lo he aconsejado, pero si insisten en equivocarse, que lo hagan.
Entiendo que Hacienda puede entender que hay parejas que viven de esta forma. Cosas más raras se ven hoy en día.
Y volviendo a la hipótesis de partida, ¿qué clave habría que poner de vinculación?
Muchas gracias
Mira que son cutres, ese mismo regalo fue el del BBVA el año pasado, y ni mi sobrino de 8 años la quiso.
Qué tiempos aquellos, y no tan lejanos, que BBVA regalaba buenos libros y Santander una tonteria roja, pero mira mucho mejor que estas tontás chinorris que hablan de lo poco que valoran a los accionistas...
Parece que está levantando cabeza un poco.
He leído que el fondo está yendo mal porque apostaba por subidas de tipos, y no se están dando, claro. Es apuesta la hacían a través de compra de deuda a corto plazo, y claro...así estamos.
¿Alguien sabe algo más del tema?
No encuentro mucha más información en internet...
Gracias a los dos.
El rollo es que hay que tasar y toda la pesca (quizá pagar comisión de estudio, además de pagar el acta de requerimiento que un notario hace llegar a ING (creo que son unos 100 y pico €, no llega a 200€).
Antes había muchos bancos on line y era más cómodo iniciar el trámite, ahora me temo que cualquier banco tradicional cobrará sus buenas comisiones si ING enerva y al final no se llegan el gato al agua (al cliente al agua, en este caso, jeje).
Si sabeis de alguna entidad en la que se pueda iniciar, y que no trasladen al cliente el coste del acta de requerimiento ni comisión alguna si ING enerva, os agradecería me lo indicarais.
Gracias de antemano!