0.40 me parece un chollo, estoy pagando 1€ y antes 1.50 en otra entidad ¿para las cuentas digitales era igual que para las q se abre en oficina? normalmente las digitales son mas baratas pero no se donde me informaran de este concepto llamando... a ver como me entero bien, gracias
¿alguien sabe pq si eres autonomo tienes que abrir la cuenta como autonomo y no puedes abrila solo como particular? te da la opcion de abrir la de particular despues de tener ya la de automo contratada (tendrias que contratar unas 6 cuentas y 4 tarjetas... hasta hace unos meses no era asi)
¿pudo tu familiar cerrar la cuenta por fin? yo despues de estar esperando casi un mes, ayer volvi a llamar pidiendo cancelar mi cuenta (como si no lo hubiese pedido antes, no mencione nada de eso ni llame para quejarme) y hoy me la han cancelado (me mandaron un email de confirmacion de cierre). Increible como funciona este banco (de mal).
di la orden de cerrar la cuenta el dia 27 de diciembre y todavia sigue activa. Llame y me dicen que espere unos dias mas (se conoce q es un tramite complicadisima y tiene que firmar la orden el presidente del banco y todo el consejo de administracion). Cuidado con lo q contratais aqui
si pagan intereses aunque desistas y canceles el deposito, puedes estar abriendo depositos y cancelandolos cada 15 dias y cobrando intereses sin estar atado a nada, dudo que sea asi
he contactado con el banco y me han respondido esto en el correo: Le confirmamos que el tipo de interés de una imposición a plazo ya contratada no puede modificarse durante los dos años de vigencia de la imposición. La normativa bancaria no permite modificar las condiciones de aquellos contratos que, como las imposiciones a plazo, son de duración determinada. La posibilidad de proponer una modificación solo está prevista para contratos de duración indefinida. La Condición General Décima que comenta se refiere al contrato “Depósito Tú+”, que es un contrato de duración indefinida, separado y diferente de las imposiciones a plazo. El contrato “Depósito Tú+” es un contrato inicial, a través del cual se crea el IBAN donde se albergarían las imposiciones a plazo que se deseen contratar. Atentamente, El equipo de Renault Bank segun esto queda claro q no modifican el tae del deposito una vez constituido, será así entonces. Gracias por responder 4duros
en las condiciones particulares de cada imposicion ¿donde pone que las condiciones son intocables? no lo veo y sin embargo si veo que al principio pone que hay que tener en cuenta las condiciones particulares y las generales tambien y ahi es donde si pone que pueden modificarse estas condiciones. si la generales no valen para nada ¿para que las ponen?
pues me da que si puede el banco modificar condiciones. corto y pego:DÉCIMA: MODIFICACIÓN DE CONDICIONES.Se acuerda expresamente la posibilidad de modificar las condiciones pactadas en el Contrato en la fecha de apertura de la cuenta , si ésta fuera de duración indefinida.Cualquier modificación de las condiciones, será comunicada al TITULAR, con al menos dos (2) meses de antelación a la fecha de entrada en vigor. En caso de que, una vez finalizado elmencionado plazo de dos (2) meses, el TITULAR no se hubiese pronunciado al respecto, se considerará que la consiente a todos los efectos. En caso contrario, tendrá derecho a solicitar la cancelación del Depósito "Tú+" de manera inmediata y sin coste alguno siempre y cuando remita a la ENTIDAD notificación por escrito de su disconformidad dentro del plazo de dos (2)meses.Respecto a los tipos de interés previstos en el presente documento, los mismos podrán aplicarse de forma inmediata y sin previo aviso. En este sentido, la ENTIDAD informará al TITULAR de tales modificaciones del tipo de interés lo antes posible de acuerdo con el procedimiento de comunicación establecido en el presente documento. Sin perjuicio de ello, los cambios en los tipos de interés que sean más favorables para el TITULAR podrán aplicarse por la ENTIDAD automáticamente, aunque se notificarán previamente al TITULAR