Y me contesto a mí mismo, quizá la culpa de esto la tenga el que no exista una AGENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL única.Al ir Tesorería por su cuenta pues tiene que haber disfunciones por narices, es algo que llevan años "solucionando" y no terminan de hacerlo
yo estoy igual que tú, y les puse una queja y me llamaron y reslta que me llamaraon de SEGURIDAD SOCIAL, pero corresponde a TESORERIA el tema. Según esta funcionaria no había problema porque eso se tendría en cuenta cuando me jubilara, pero la verdad es que es mosqueante no verlo reflejado en las bases de cotización.Según me dijo no podía verse reflejado poruqe no lo habían ingresado efectivamente, es como cuando integran lagunas para la pensión. son periodos sin cotización que la Seguridad Social mete con unos numeros que ellos tienen pero que nunca te saldran como cotizados.Espero haberme explicado.Un saludo
buenos díasEsa fecha es muy fiable. No necesitas ningún experto externo. Desde tres meses antes de la fecha de jubilación puedes pedirla, o bien online o bien presencial con cita.Pero es que si tienes dudas razonables sobre la fecha de jubilación, en cualquier momento puedes pedir a la Seguridad Social que certifiquen esa fecha de baja, obviamente lo haran en base a los datos que tiene a fecha de hoy.Otra cosa es que trabajaras de minero, policía, artista o banderillero y algunos más que son trabajos que tienen coeficientes especiales y no te aparecen en ese simulador.Un saludo
No te preocupes, es más sencillo de lo que tendemos a pensar.Cuando empieces con tu declaración y tu pareja con la suya lo primero será ratificar domicilio fiscal, si lo habéis cambiado se comunica y punto.Con el matrimonio tres cuartos de lo mismo cuando llegues a ese punto y con lo de hacerla conjunta igual, la empieza uno y tiene que meter en un apartado especifico, que CLARAMENTE te pide la referencia de tu pareja, así en un mismo acto haréis las dos declaraciones individuales y la conjuntaELEGID
Una pregunta, lo digo porque no tengo cerca oficina física por si se tuerce la cosa, abrir la cuenta online ya se uqe es mas o menos sencillo...pero CERRARLA es igual de sencillo?Tienen claramente en la APP un apartado para cancelar cuenta como veo en BBVA y SANTANDER.Quiero creer que sí, porque es lo lógico pero me gustaría que confirmáseis y si alguien la ha cerrado alguna vez con ellos la experiencia.Un saludo
Las últimas respuestas me parecen acertadas, no es tan fiero el lobo como lo pintan.Esas tonterias de sacar el dinero al día siguiente de fallecer una persona, "colarían" en la Prehistoria financiera, ahora es una autentica chorrada de paletos, que no le importa a nadie, el día del fallecimiento había X en el banco y eso será lo que se debe declarar. No tiene mas misterio. Si esa buena señora (engañada muchos años por su padre, todo hay que decirlo) se lo llevó debajo de la almohada pues desde ese almohada habrá de entregarlo a los otros herederos en la parte que le toque.El Notario la asesorará, entiendo..o no si nadie pregunta, pero vamos deben hacerlo.PD. no puedo evitar acordarme de la jugada del padre, que bien jugado como dice el anuncio de la ONCE, la madre que lo parió....abuela de la protagonista de esta historia