Si tu lees la forma de pago del inss puedes q abonara el último de mes que sea hábil.Llevo 6 meses cobrando y así es, si el último día del mes cae en sábado o domingo, si hemos cobrado el viernes
Pue la empresa pasados los 545 dias (18 meses) de baja, deja de cotizar por ti, por lo cual tu contrato de trabajo ahora mismo está en suspensión y por eso te paga el INSS y no te descuenta nada de IRPF, es todo bruto lo q te ingresan