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Carlos4

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Carlos4 27/04/22 16:00
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Carlos4 04/03/22 19:58
Ha respondido al tema Duda cobertura puerta de garaje unifamiliar
Lo siento Emmamani pero no estoy de acuerdo contigo. Lo han cubierto porque esa póliza en concreto cubre la colisión de vehículos terrestres sin distinguir si eres asegurado o tercero. Solo tuve que hacer valer lo que indica la póliza y lo pagaron. Un saludo.  
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Carlos4 23/07/21 12:38
Ha respondido al tema Tienda de telefonia ocasiona daños a móvil de cliente por caida fortuita
Acrasoles, gracias por tu interes.Te puedo comentar una incogruencia en el contrato:Se cubre: La custodia de bienes de uso personal de visitantes, clientes y proveedores, por su destrucción o desaparición, explicable o inexplicable, con un límite por Visitante, Cliente o Proveedor de 600 euros, y máximo por siniestro y anualidad de seguro de 1.800 euros. Te pego ahora la exclusión: La custodia, depósito, uso, manipulación y/o transporte de bienes propiedad de terceros, a excepción de los objetos y bienes de uso personal de visitantes al recinto de la empresa. Qué te parece? saludos.,
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Carlos4 23/07/21 12:23
Ha respondido al tema Tienda de telefonia ocasiona daños a móvil de cliente por caida fortuita
La compañia es Allianz.RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA EXPLOTACIÓN.Entendiéndose por tal la que el Asegurado deba afrontar como consecuencia directa del desarrollo de su actividadempresarial en el recinto de la Empresa y, en particular, por:• La realización de las tareas necesarias para el buen funcionamiento de la misma.• La actuación de sus empleados, en el desempeño de su cometido laboral.• La custodia de bienes de uso personal de visitantes, clientes y proveedores, por su destrucción o desaparición, explicable o inexplicable, con un límite por Visitante, Cliente o Proveedor de 600 euros, y máximo por siniestro y anualidad de seguro de 1.800 euros.SE EXCLUYE:¿Qué se excluye?• Las actividades sujetas a la suscripción de un seguro obligatorio, independientemente de los límites deaseguramiento de éste.• La propiedad, uso y navegación de embarcaciones y aeronaves. Los daños sufridos por embarcacionesy/o aeronaves, sus pasajeros y/o las mercancías transportadas, así como cualquier trabajo o servicioprestado en relación con la construcción, reparación y mantenimiento de aeropuertos, puertos,astilleros o varaderos y/o empresas relacionadas directa o indirectamente con la industria marítima ode la aviación.• Los hechos relacionados con la circulación de vehículos a motor que sean susceptibles de cobertura porel Seguro Obligatorio o Voluntario de Automóviles, exceptuando lo tratado anteriormente en«Responsabilidad civil subsidiaria».• La propiedad de perros de razas potencialmente peligrosas..• El transporte de mercancías peligrosas..• La custodia, depósito, uso, manipulación y/o transporte de bienes propiedad de terceros, a excepción delos objetos y bienes de uso personal de visitantes al recinto de la empresa.• Las reclamaciones dirigidas contra profesionales titulados por daños causados en su calidad de tales..• Las reclamaciones de empleados a su servicio o sus beneficiarios en caso de accidente laboral..• Las que se deriven de productos y/o trabajos o servicios del Asegurado, una vez que son entregados.
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Carlos4 23/07/21 11:55
Ha respondido al tema Tienda de telefonia ocasiona daños a móvil de cliente por caida fortuita
 Se trata de una tienda de una tienda de venta de teléfonos móviles, que tramita cambio entre compañias,  pero no repara teléfonos.Le trae un cliente un teléfono que él le vendió en su día para preguntarle algo sobre el móvil y al cogerlo mi cliente se le cae al suelo y se rompe la pantalla.A mí entender se trata de una responsabilidad extracontractual no contractual no?Ya me dices tu opinión, gracias, un saludo. 
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Carlos4 23/07/21 11:48
Ha respondido al tema Tienda de telefonia ocasiona daños a móvil de cliente por caida fortuita
Buenos días Acrasoles.Copio pego la garantía. No sé que más te puedo decir...¿Qué se garantiza?La obligación de indemnizar a un tercero los daños corporales, materiales y perjuicios directos a el mismoque de ellos se deriven, involuntariamente causados por el Asegurado, siempre que resulte civilmenteresponsable de acuerdo con los supuestos que se citan más adelante.Todos los daños que provengan del mismo acontecimiento, sea cual fuere el número de reclamantes o desupuestos de responsabilidad civil en que se incurra, se considera que corresponden a un sólo y únicosiniestro.La cobertura incluirá el pago de las indemnizaciones debidas por el asegurado y los gastos derivados, entendiéndosepor tales el conjunto de desembolsos que haya que realizar para el pago de las siguientes prestaciones, con ocasión y como consecuencia de un siniestro:.• La constitución de fianzas civiles y penales, excepto para multas, exigidas al asegurado..• La defensa del Asegurado en el marco de la dirección jurídica asumida por la Compañía frente a la reclamacióndel perjudicado.• La tasación pericial de los daños sufridos por el perjudicado.• El salvamento, para evitar o reducir las consecuencias del propio siniestro.¿Qué se excluye?• Las responsabilidades derivadas de daños y perjuicios sufridos por quienes no sean terceros. ¿Quiénesson terceros?En este contrato, y para esta cobertura, terceros son todas las personas, excepto:- El Tomador del seguro, el Asegurado y sus familiares en primer grado, socios o miembros del consejode administración u órgano equivalente.- Quienes de hecho o de derecho dependan de él mientras actúen en el ámbito de dicha dependencia.- Sociedades matrices, accionistas, filiales, participadas o dependientes de un mismo accionista ogrupo, en igual proporción que la relación accionarial existente.• Las derivadas de perjuicios que no sean consecuencia directa de daños corporales o materiales causadosa terceros.• Las que atañan a multas y sanciones impuestas por los Tribunales u organismos de la Administración.• Las derivadas de compromisos contractuales del Asegurado que vayan más allá de las responsabilidadesque estrictamente determina la Ley.• Las derivadas de daños y perjuicios causados por:Polución o contaminación de las aguas, el suelo o la atmósfera y las consecuencias derivadas de ello,así como los efectos de vibraciones, ruidos y campos electromagnéticos.La no observancia deliberada por parte del Asegurado y su personal directivo de disposicioneslegales, reglamentarias y de técnica profesional.
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Carlos4 13/11/20 09:32
Ha respondido al tema Pias santa Lucía
Mira yo experto no soy ni pretendo serlo pero sólo te puedo decir que son serios y que en matería de rescate no vas a tener nigún problema.Son una gestora muy enfocada a la estrategia value y necesitaban dar otras opciones más tipo growth. Por lo que aplaudo la medida.Me gusta, y otra que lo hace fenomenal es Allianz con el Unit Linked, tiene varios fondos que van muy bien.Un saludo.
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