chumpeter
17/03/23 11:48
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Interpretación Real Decreto Ley 19/2022 en relación a los deudores hipotecarios
Buenos días.Mi caso es el siguiente: Hipoteca abierta con Caixabank (permite disposiciones) con lo cual, la subrogación de acreedor no es posible, no encontré ningún banco que quisiera hacerse acreedor. Lo intenté con cierta Entidad que finalmente al enviar la FEIN declinaron por ser hipoteca abierta.Total, cancelación y nueva hipoteca con otra Entidad.COMISIONES:1.- La comisión por amortización anticipada total en escrituras es CERO (ahora con el Decreto Ley tampoco se abonaría en caso de tenerla)2.- La comisión por cancelación en escrituras es de 0,50%.Tratándose de un cambio de hipoteca tipo variable a tipo fijo y en base al Decreto por el cual: Disposición adicional primera. Suspensión del régimen de potencial cobro de compensaciones y comisiones .... y , y por la conversión de crédito a tipo variable a tipo fijo: No se devengará durante este período ningún tipo de comisiones por la conversión de tipo variable a tipo fijo de dichos préstamos y créditos. ¿Entendéis también que no es cobrable la comisión del 0,50% en escrituras por la cancelación? Expresamente dice: "ningún tipo de comisiones".Un saludo