Te digo la prueba que hecho yo, y es poner como no exento todos los dividendos de la casilla 023, es decir poner que es de tipo 2.
Automaticamente ya me devolvian todo lo retenido en origen de la casilla 583
Parece como si los dividendos internacionales que ya estuvieran exentos en la casilla 023, es decir, los que están dentro de los 1500 y que devuelven la retencion española, en mi caso no me los devuelven en la casilla 583
Yo lo llevo haciendo así unos 7 años. Misma situación que tú y también me dijeron que lo hiciera al 50% puesto que el piso ya lo estais pagando con dinero ganado dentro del matrimonio.
Una pregunta relacionada Lunatico, yo he liberado en el 2014 unas perdidas cautivas del 2011. Estas se declaran como si fuera una pérdida pendiente de compensar en la casilla 432 verdad?
Vamos yo juraría que es así, a ver si algún experto nos lo puede confirmar.
En este hilo Lunatico lo confirma con el ejemplo del forero que abrio el post.
- Importe bruto que sale de las arcas de la empresa alemana 258,50 €
- Retención en origen 68,18 €
- Remanente que queda 190,32 € (este es el importe bruto que ING ha enviado a la Hacienda española y que se refleja en mis datos fiscales)
- Retención cobrada el día del abono del dividendo por la hacienda española 39,97 €
Casilla 023: Importe Bruto 258,50 / Retencion española 39,97
Casilla 583: Importe Bruto 258,50 / Retención extranjera 68,18
Yo creo que es:
Casilla 024: Suma de importes brutos tanto de empresas nacionales como extranjeras y Retenciones nacionales
Casilla 583: Suma de importes brutos de empresas extranjeras y retenciones extranjeras
Ten en cuenta que si esos dividendos de acciones extranjeras están dentro de los 1500 exentos de retenciones españolas no te van a devolver nada. Es decir si te van a devolver la retención en españa no te devolveran la retención extranjera.
Cógelo con pinzas porque no estoy 100x100 seguro, a ver si algún experto lo confirma.