Acceder

Daniel Zapardiel

Se registró el 15/01/2022

Sobre Daniel Zapardiel

Automatizando modelos de hacienda para ahorrar tiempo y dinero: Modelo 720 Modelo 721 Renta Modelo 210 Válido para brokers Extranjeros como IBKR, DeGiro, MyInvestor. Plataformas crowdlending. Exchanges de Cryptomonedas.

https://autodeclaro.es
Autodeclaro.es - Automatiza modelo 720, 721, Renta y Dividendos, 210
57
Publicaciones
22
Recomendaciones
6
Seguidores
Posición en Rankia
3.250
Posición último año
Daniel Zapardiel 17/08/24 10:36
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Hola @cuentanumerada Tienes razón, no hay que informar el Modelo 720 si tu broker es nacional.En el caso de Revolut, está registrado en Lituania: https://www.revolut.com/en-LT/legal/investment-services-terms/ Por lo que todos los valores/acciones que tengamos en revolut suman para el modelo 720.Un saludo.Daniel de Autodeclaro.es
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 14/08/24 11:26
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Hola @monillo y @belcebu Por añadir sobre el broker de Revolut: - La cuenta corriente que tendra el IBAN de españa. - Las cuentas remuneradas de Revolut y Revolut las llama "Saving account / Flexible Cash Funds" Estos últimos están invertidos en Fondos Monetarios con un ISIN especifico, en mi caso, Fidelity Money Market Fund IE00AZVL3K0 y si se tendrían en cuenta para la cumplimentación del Modelo 720.Aquí teneis todos los detalles sobre los fondos monetarios que usa Revolut:https://help.revolut.com/es-ES/help/app-features/flexible-accounts/exploring-money-market-funds/Un saludoDaniel de Autodeclaro.es
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 26/03/24 08:18
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Hola.Arrojó un poco de luz sobre aquellos que estáis casados en gananciales. Indicáis que habría que indicar titular, clave condición 1, y luego para la pareja clave condición 8.Mirando la ley donde aparece el artículo de la clave condición 8. Es para fideicomisos y cosas así, está en el BOE https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-6737 y sería el artículo 4.2:2. A los efectos de la presente ley, se entenderá por titular real:a) La persona o personas físicas por cuya cuenta se pretenda establecer una relación de negocios o intervenir en cualesquiera operaciones.b) La persona o personas físicas que en último término posean o controlen, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25 por ciento del capital o de los derechos de voto de una persona jurídica, o que por otros medios ejerzan el control, directo o indirecto, de una persona jurídica. A efectos de la determinación del control serán de aplicación, entre otros, los criterios establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio.Serán indicadores de control por otros medios, entre otros, los previstos en el artículo 22 (1) a (5) de la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 26 de junio de 2013 sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo.Se exceptúan las sociedades que coticen en un mercado regulado y que estén sujetas a requisitos de información acordes con el Derecho de la Unión o a normas internacionales equivalentes que garanticen la adecuada transparencia de la información sobre la propiedad.b bis) Cuando no exista una persona física que posea o controle, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25 por ciento del capital o de los derechos de voto de la persona jurídica, o que por otros medios ejerza el control, directo o indirecto, de la persona jurídica, se considerará que ejerce dicho control el administrador o administradores. Cuando el administrador designado fuera una persona jurídica, se entenderá que el control es ejercido por la persona física nombrada por el administrador persona jurídica. Los sujetos obligados verificarán su identidad y consignarán las medidas tomadas y las dificultades encontradas durante el proceso de verificación.c) En el caso de los fideicomisos, como el trust anglosajón, tendrán la consideración de titulares reales todas las personas siguientes:1.º el fideicomitente o fideicomitentes.2.º el fiduciario o fiduciarios,3.º el protector o protectores, si los hubiera4.º los beneficiarios o, cuando aún estén por designar, la categoría de personas en beneficio de la cual se ha creado o actúa la estructura jurídica; y5.º cualquier otra persona física que ejerza en último término el control del fideicomiso a través de la propiedad directa o indirecta o a través de otros medios.d) En el supuesto de instrumentos jurídicos análogos al trust, como las fiducias o el treuhand de la legislación alemana, los sujetos obligados identificarán y adoptarán medidas adecuadas a fin de comprobar la identidad de las personas que ocupen posiciones equivalentes o similares a las relacionadas en los números 1.º a 5.º del apartado anterior.Entendemos que los bienes que han sido adquiridos en calidad de matrimonio en gananciales, sociedad de gananciales, pertenecen a ambos , siendo ambos titulares reales se dicho bien. Sería lógico indicar clave 1 Titular a un 50% de participación cada uno. Un saludoEquipo de Autodeclaro.es
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 21/03/24 23:18
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Hola @nataliota Si así es. Al estar en gananciales habria que declarar los bienes o acciones que hay en interactive brokers.  Tener en cuenta que las acciones y cuenta de efectivo son dos grupos diferentes.Un saludo Equipo de Autodeclaro.es
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 08/03/24 16:47
Ha respondido al tema Modelo 720 y crowdlending con plataformas extranjeras
Hola,Actualmente sabemos que ViaInvest, Mintos y Telmo hay que informar de aquellos préstamos  que tienen un ISIN asociado.En su caso solicite un informe de estado de sus inversiones a 31 diciembre de 2023 a ver si aparecen con código ISIN.En nuestra plataforma autodeclaro.es podría automatizar la cumplimentación del modelo 720 utilizando los extractos de su plataforma o broker de igual modo que hacemos con degiro, interactive brokers o incluso Raisin Cualquier consulta no dude en ponerse en contacto. Un saludoEquipo de Autodeclaro 
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 08/03/24 09:40
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Bueno hay dos temas diferentes.1/ Degiro tiene la sede fiscal en NL, y los valores/acciones los deposita en dicho pais2/ La cuenta de efectivo tiene IBAN Alemán DE, y tiene su dirección del banco en Alemania, en este caso de indica DEEs posible que anteriormente, DeGiro depositaba el efectivo en cuentas de fondo monetarios, donde si estaría custodiado en NL, es por ello que puedes encontrar información incorrecta si se refiere a esto.Un saludoEquipo de Autodeclaro. 
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 08/03/24 08:01
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Hola @davidr ,Si es como dice @monillo , en DeGiro se tienen cuentas personales con IBAN propio.Aquí te dejo como se obtiene la información para indicarlo en el Modelo 720https://autodeclaro.es/declarar-efectivo-de-tu-broker-en-720/#degiroUn saludoEquipo de Autodeclaro
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 02/03/24 08:12
Ha respondido al tema Raisin con saldo cero euros ¿tengo que declarar la cuenta en el 720?
Hola Giorgio,Te respondo a cada pregunta:1- efectivamente hay que declarar la cuenta con 0 euros si el conjunto de cuentas bancarias superan los 50k a final de año o valor del último trimestre. 2- aquellos depósitos/productos abiertos y cerrados durante el año no se informan, ya que no se informaron el año pasado y no están activos a 31 diciembre de este año. Un saludoDaniel de Autodeclaro.es
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 02/03/24 01:05
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Hola.Varias personas nos contactaron para automatizar el informe de RAISIN y cumplimentar el modelo 720 automáticamente. Ya lo tenemos operativo, os dejamos aquí las instrucciones para quien le pueda ser de ayudahttps://autodeclaro.es/como-obtener-los-extractos-auto-720/#raisinCualquier duda/sugerencia no dudéis en contactarme. Un saludoDaniel 
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 29/01/24 09:35
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Gracias por compartir. @monillo Este año vamos a buscar la manera de automatizar los extractos de Raisin, que parece que muchos inversores lo utilizan.Un saludoEquipo de Autodeclaro
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 06/03/23 09:58
Ha respondido al tema Modelo 720 como declarar cuando hay absorción
Hola @oanadriana ,Buenos días.Si una empresa fue absorbida, ya ha dejado de existir en su cartera. Sería un registro de tipo C (extinción/venta).Si una empresa cambia de ticker o nombre, (manteniendo mismo ISIN). Se puede dejar como registro de tipo M. Si una empresa cambia de ISIN, aquí se podría crear un registro de tipo C (extinción/venta) y uno nuevo de tipo A (nueva incorporación).Al menos así lo hemos definido en la herramienta de cumplimentación del Modelo 720 autodeclaro.es.Espero que le haya servido. Un saludo.Equipo de Autodeclaro
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 05/03/23 05:24
Ha respondido al tema Modelo 720 y EToro
Hola @Sharpos . Hay que tener en cuenta operaciones abiertas y a fecha de valoración a 31 de diciembre. Tampoco se consideran aquellas que son CFDs, Criptomonedas o derivados. Cualquier otra duda aquí estamos. Equipo de Autodeclaro.es
Ir a respuesta
Daniel Zapardiel 05/03/23 05:21
Ha respondido al tema Broker XTB y modelo 720
Hola.XTB custodia los valores origen de casa país en dicho país. Si tiene dudas o no se quiere gastar tiempo cumplimentando el modelo 720, está la opción de Autodeclaro.es . Lo tendrá listo en unos minutos. Un saludo. Equipo de Autodeclaro 
Ir a respuesta