No sé que me estás contando. He hecho mis tintos como cada mes y esta vez desde central le han dicho algo a la sucursal y quieren hablar conmigo.Si eso es hacer saltar la liebre...
Ya. Eso es lo que me echa para atrás. Que haya gastos de notario propios de la vivienda y no aparezcan desglosados.En el Registro se inscribieron dos propiedades. Tampoco veo el desglose.Entiendo que quienes quieran aplicar estos gastos al final aplicarán la regla de tres que has comentado porque con las facturas tal cual se emiten no hay capacidad alguna de determinar si hay gastos exclusivos de ese inmueble.En lo del Registro encontré una tabla de aranceles que al aplicarlo, la cifra que daba era sensiblemente inferior a la factura del Registro. En fin, creo que va a ser un poco "jugársela", pero tampoco son importes excesivamente relevantes.
Visto así es de lo más sencillo. Como no sabía si todos los bienes (muebles e inmuebles) ponderaban por igual en aranceles la verdad es que no se me había ocurrido. Gracias de nuevo.
1) Se pide el cierre de cuenta del fallecido y ya.2) Se puede modificar la cuenta antes de la autoliquidación del modelo 100.Es que de verdad, no sé cuál es el problema.
"Es dinero del fallecido y Hacienda paga al fallecido"Si analizas mínimamente esa frase verás que no tiene sentido alguno.Se marca la casilla de fallecido y se pone la cuenta de un heredero legítimo. Si hay que presentar papeles pues de eso no se escapa ya que a Hacienda le consta que el cliente ha fallecido durante el ejercicio fiscal.Los muertos no tienen obligación de tener cuenta abierta. Es una de las pocas ventajas que tiene estar muerto, que se acabaron las obligaciones.
Pues se modifica la cuenta. Es un ingreso de dinero posterior al fallecimiento del contribuyente. Por tanto corresponde a sus herederos.No veo ningún problema.
Todos los documentos entregados al banco han sido facilitados y sufragados por los herederos. Se han limitado a bastantearlos. Que demuestren que han hecho algo más allá de eso. Yo sí puedo demostrar lo abonado con facturas.He tenido meses para conocer mis derechos y obligaciones. Y en ello sigo al abrir este hilo en busca de ayuda.Por cierto, el importe de la comisión no alcanza ni la mitad de esos 200 euros. Es mejor hablar desde el conocimiento de estas cosas.
Mi madre que es pensionista tiene ingresos garantizados hasta el día de su fallecimiento. Yo en cambio no. Si parte de los intereses estuvieran a mi nombre y por circunstancias de la vida no contara con otros ingresos el total de retenciones se me devolvería.Igual no es una circunstancia normal pero por desgracia sí factible que pudiera darse.
Aunque no tenga que ver con lo que he expuesto aclarar que la tajada se la llevan si les dejas. El criterio del Banco de España al respecto está bastante claro:https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/criterios/comision-por-tramitacion-de-testamentaria.htmlAlguna entidad ya me ha cobrado importe por ello que será reclamado en tiempo y forma.
Lo es. De todas formas he probado con otra que cabe pero no es IBAN español y lo discrimina igualmente. No veo donde meterlo de entre las opciones del desplegable.
Pues confirmado que ya me han hecho llegar lo que necesitaba. He llamado hoy y me lo han acabado remitiendo. Hay que estar encima de ellos para que vayan avanzando.Y bueno, confirmado que no es certificado de saldo. No sé si es porque son mediadores...pero vamos que de la cuenta principal, que es la suya, tampoco dan. Un esquema con los saldos y fuera.La única entidad que no me ha entregado un certificado de saldo como tal. Pero bueno, lo importante es que acabe siendo útil.No es ni el mejor ni el peor sitio para todo este trámite.
Pues toca actualizar contenido. Según parece y después de mucho insistir a alguien se le encendió la bombilla y revisó el buzón postal donde estaba mi documentación. Al menos me ha quedado la tranquilidad de que no se perdió. Eso sí, si no insisto igual los papeles siguen en el buzón durmiendo el sueño de los justos. Ahorar a esperar, claro (más) Hoy les vuelvo a llamar y bueno, que la línea está de mantenimiento y que si eso envíe um email. Parecerá que es que soy muy pesado pero oye, es que ayer me envían un correo electrónico al email del difunto con un número de ticket y que para saber de qué va la vaina pues que acceda a la mensajería de la cuenta. Supongo que a nadie se le ha ocurrido que no es posible acceder a la cuenta del difunto porque evidentemente está bloqueada. Lo de desactivarlo todo supongo que debe ser complicado. Y nada, un día más me quedo con las ganas de saber qué pasa ahora. Así están y siguen las cosas con estos señores.
Gracias por tus palabras. La verdad es que han sido varios bancos en relación con dos personas una viva y la otra fallecida y el desgaste por el camino ha sido tremendo. De hecho ya no tengo fuerzas ni para enfadarme y estoy hasta resignado. Igual algún día me animo a contar las peripecias por las que he pasado estos últimos meses. Ahora mismo lo que quiero es pasar página cuanto antes. De hecho espero por esta documentación para que la notaría pueda hacer su trabajo y liquidar lo que toque de impuestos.