No sé que problema le veis muchos a abrir una cuenta en Gibraltar. Somos libres de hacer con nuestro dinero lo que queramos, siempre y cuando cumplamos con la ley vigente.
Y como somos cumplidores y la ley dice que tenemos que declarar los bienes que tenemos en el extranjero, pues se declara y se acabó. No hay sanciones por declarar bienes, sino por no declararlos.
Iba a poner lo mismo que ha puesto Seldon.
El sistema VINI es muy fiable. Te crea una tarjeta virtual que es de un sólo uso. En ella pones el importe de la compra que vas a hacer, y VINI te crea una tarjeta virtual con 3 datos, que son los que tienes que utilizar en la compra que vayas a hacer por internet.
- Los 16 dígitos
- La fecha de caducidad
- El CVC
Y cómo te he dicho, esos datos sólo valen para esa compra.
Trabajando en un banco deberías saber que la tarjeta la puedes tener por pin o por firma. El mismo pin con el que sacas del cajero, es con el que pagas en comercios. Dudo mucho que tu banco sólo tenga la modalidad "por firma".
Vale ya. Tienes que entregar el contrato de alquiler (arrendamiento). Porque según el BdE los bancos deben de pedir justificantes económicos a los clientes para saber de dónde proceden los ingresos, tranferencias, etc. Es decir nóminas, justificante de prestación por desempleo... y en vuestro caso, pues, el contrato de alquiler.
Si no has firmado nada tranquilo. Vas allí y les exiges que te enseñen el contrato que tú has firmado. Entonces ellos verán que no hay contrato porque no hay firma. Otra cosa es que falsifiquen la firma (cosa que no me extrañaría). En ese caso les dices que quieres la hoja de reclamaciones porque lo que han hecho es constitutivo de delito por falsedad en documento mercantil. Le dices que te la sellen y la llevas a consumo. También podrías poner una queja al servicio de reclamaciones del Banco de España si ves que no se ha resuelto el problema.
Yo trabajo con BBK y no tengo ni una queja, la verdad. He hecho reintegros de 30 o 50 euros y ni una pega. Por lo que respecta a las comisiones no tiene comisión por cancelación de cuenta, sólo comisiones de mantenimiento que son de 8 euros semestrales. Por ejemplo Unicaja y Cajamar tienen comisiones de mantenimiento más altas: 7.50 euros trimestrales y 9 euros trimestrales respectivamente.
Los bancos por ley deben de retenerte un 21%, 25%... (los tipos de gravamen dependen de los rendimientos sobre los saldos) y digamos que le pasan a hacienda sólo la información del importe que te han retenido conforme a lo que establece la ley.
En ningún momento le dicen cuál es el saldo que tienes.
Otra cosa es la información que le faciliten sobre los ingresos en efectivo o transferencias que recibas. Se dice, que cuándo el importe es superior a 3000 euros al mes, el banco está obligado a facilitarle esos datos a hacienda, como prevención del blanqueo de capitales.
Lo que yo me pregunto es por qué ese minimercado no le exige el dni al que se apoderó de tu tarjeta. Deberías de tener la tarjeta con pin en vez de con firma, así le habría resultado más difícil al ladronzuelo (a no ser que conociera el pin).
Por otra parte no sé por qué la reclamación debe de ir a Visa. Según tengo entendido, tú pones la reclamación al que emite la tarjeta (tu banco), y ellos se ponen en contacto con ese comercio y les exige la firma de esas compras. Y por esas, deben de devolver el importe que te han cargado por esas compras que nunca hiciste tú.