No me gusta mucho la operativa de seguridad de esta cuenta digital, no puedes bloquear la tarjeta de débito para compras online y para cualquier uso en el extranjero.Hoy recibí por correo postal ordinario la tarjeta de coordenadas y la tarjeta de débito, curiosamente para activar la tarjeta solamente me pidieron una posición de la tarjeta de coordenadas.Lo único positivo de Bankinter es que te permite personalizar el usuario de acceso a la banca online, eso te da un margen de seguridad al no ser siempre el DNI.
El problema en este país es que últimamente los contratos bancarios son ambiguos y contradictorios con respecto a lo que publicitan en la web, si la tarjeta es gratuita no entiendo que tenga que firmar un contrato que diga que tiene un coste de 30€.
El problema de las capturas de la pagina web es que se contradicen con lo que firmas en el contrato.No obstante en este documento Bankinter se reafirma en que es totalmente gratuita, sin comisiones y sin condiciones.La única duda es a partir de cuando se abonan los intereses de la cuenta:-desde el ingreso en la cuenta-a partir del 1 de octubreEsto es algo muy importante para los que usamos esta cuenta a modo de ahorro para no perder intereses.
Vaya manera de redactar las condiciones contractuales de la cuenta y de la tarjeta de débito:Todavía no he firmado el último paso para contratar la cuenta, no me inspira confianza que en la web diga una cosa y luego el contrato otra.
La oferta es interesante pero siempre teniendo en cuenta que Bankinter no suele ser un banco con cuentas gratuitas, tarde o temprano cambiará las condiciones de la cuenta y volverá a cobrar comisiones por todo.
Por lo que he leído Bankinter suele rechazar la reclamación extrajudicial y solo paga si se va a juicio.Como la reclamación extrajudicial es muy cómoda de realizar no pierdes nada con solicitarla, posteriormente valoras si vas a juicio en función de la cantidad a reclamar.
Si es una practica común hacer ese tipo de obras sin licencia en esa zona no creo que vayas a tener ningún problema.
El problema de la prescripción es que a veces es difícil demostrar cuando se hizo la obra ilegal y eres tú la que tiene que demostrar la fecha de construcción, algo complicado a veces si no hay nada firmado y solo tienes las facturas de los materiales.
Te has equivocado con las facturas, has cogido las facturas relativas a la compra-venta de la vivienda y solo tienes derecho a la devolución de los gastos relativos con la hipoteca.
Tendrás dos facturas del notario y del registrados, debes desechar la relativa a la compra-venta.
En los gastos de la gestoría normalmente emiten una factura para todo, debes desglosar los importes desechando los de la compra-venta.
Si la subrogación es ha sido cambiar de banco la hipoteca si tienes derecho a la reclamación, pero los clientes que se subrogaron a la hipoteca del promotor no tienen derecho a reclamar los gastos hipotecarios, pues estos los pagó en promotor en su día y no el cliente que compró la vivienda.La prescripción empieza a contar desde el momento que te enteraste que tenias derecho a la reclamación, en tu caso desde el momento que pusiste la reclamación al SAC del banco.
Si lees un poco los hilos abiertos en rankia te darás cuenta que da igual que la hipoteca se haya cancelado hace 15 años, hayas vendido o no la vivienda, etc..., en cualquier caso el usuario tiene derecho a la devolución de los gastos hipotecarios pagados de mas.
He encontrado esto en un foro, es una demanda verbal sin abogado muy reciente admitida a tramite, en unos días saldrá la resolución:Anteriormente también hay usuarios que han utilizado la demanda verbal sin abogado con éxito, pero es cierto que fue en el 2023 con la anterior LEC.
Si con esa sentencia del 14 de junio del Tribunal Supremo todas las hipotecas firmadas antes del 2019 tienen derecho a la devolución de los gastos hipotecarios de cualquier hipoteca en vigor o cancelada, siempre que el usuario no haya reclamado anteriormente y haya prescrito.
En una sentencia del 14 de junio del TS deja bien claro que la prescripción comienza cuando el usuario se enteró que la clausula era abusiva, no cuando firmo la hipoteca ante notario.https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-comparte-el-criterio-del-TJUE-sobre-el-plazo-de-prescripcion-de-la-reclamacion-de-los-gastos-hipotecarios-indebidoshttps://www.eleconomista.es/legal/noticias/12870835/06/24/golpe-del-supremo-a-la-banca-el-plazo-de-prescripcion-de-los-gastos-hipotecarios-se-inicia-cuando-un-juez-declara-nula-la-clausula.htmlPara reclamaciones pequeñas como la tuya no es viable económicamente reclamar con abogado y procurador
La subrogación no entra en la devolución de los gastos hipotecarios, la novación si. Debes comprobar si las facturas de notaría y registro vienen desglosadas y se puede demostrar las cantidades que pagaste exclusivamente por la novación, igualmente pasa con los gastos de gestoría.
Magnifico articulo, eres abogado o simplemente que ha estado montón de horas buscando información en internet?.Deduzco que vas a publicar otro articulo defendiendo que se ponga la denuncia en el juzgado del domicilio social del banco, para evitar que en caso de condena al demandante no haya costas, teniendo en cuenta que si no hay vista oral lo mismo nos da demandar en cualquier juzgado. Importante para demandas judiciales de los gastos de hipoteca sin abogado y procurador por cantidades inferiores a 2.000€Para solicitar la nulidad de una cláusula abusiva es necesario acudir a un procedimiento ordinario con abogado y procurador. Sin embargo, la nulidad por abusividad de las cláusulas referentes a los gastos de constitución de hipoteca ya fue declarada por el Tribunal Supremo y únicamente se trata de reclamar las cantidades pendientes de cobro derivadas de la declaración de tal nulidad. Por ello, es importante concretar este aspecto en el petitum de la demanda, para que ésta sea admitida a trámite en el procedimiento verbal y no seamos derivados a un procedimiento ordinario, el cual conlleva gastos.
Que te aburras reclamando y que al final tires la toalla. Si te fijas ningún organismo público, partidos políticos de izquierdas o derechas y sindicatos están informando a los consumidores para que reclamemos nuestros dinero, de este tema solo hablan los abogados y empresas de consumidores que buscan hacer negocio, el resto silencio absoluto.
Mensaje del BBVAMensaje del Banco SabadellMensaje del BBVAMensaje de la Agencia TributariaMensaje de OPEN BANKSi alguien no ve a simple vista que estos SMS son falsos es que tiene un serio problema de conocimientos básicos de informatica, viendo los enlaces no hay duda que son un timo.
https://sedeelectronica.bde.es/sede/es/menu/tramites/reclamaciones-y-/reclamaciones-transparencia-buenas-practicas-p104.htmlNo pierdas tu tiempo poniendo una reclamación ante el Banco de España, no tiene competencias en materia de cláusulas abusivas.La demanda judicial solamente es viable si el importe a reclamar es alto.
Por lo que he leído y entendido teniendo en cuenta que soy un usuario con escasos conocimientos jurídicos, con la nueva ley LEC, se introduce el "procedimiento testigo" y en este caso no hay condena en costas ya que cada parte asume las suyas, esto solo beneficia a las grandes empresas y está provocando situaciones como la que describe este usuario en un foro:
En unos días te podré contar mi experiencia personal, voy a demandar al banco en un juicio verbal sin abogado y procurador, por lo que he leído en internet los funcionarios de justicia no están muy conformes con la aplicación de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil.
Entiendo que si nuestra escritura notarial contiene dicha clausula por la que el usuario debe hacerse cargo de todos los gastos de la hipoteca, esta es automáticamente abusiva y por lo tanto nula:5ª.- GASTOS A CARGO DE LA PARTE PRESTATARIA.---------------------------Todos los derivados del otorgamiento de esta escritura y los que se produzcan, en su caso, por cancelación, modificación y ejecución de la hipoteca, así como los gastos extrajudiciales y costas judiciales ocasionados a BANCO SANTANDER.-----------Correrán por cuenta de la parte prestataria los gastos derivados de los siguientes conceptos.-----------------------a)Tasación del inmueble y de comprobación registra! de la finca.-----------------b) Aranceles notariales y registrales relativos a la constitución, modificación o cancelación de la hipoteca, incluidos los de la primera copia de la presente escritura para BANCO SANTANDER.--------c)Impuestos.-------------------d)Gastos de tramitación de la escritura ante el Registro de la Propiedad y la Oficina Liquidadora de impuestos.-------------------En caso afirmativo con las sentencias del supremo y del TJUE, procede la reclamación y el juez debe dictar a nuestro favor. Lo único que puede alegar el banco es que la reclamación esté prescrita porque tenemos amplios conocimientos en la materia y eramos conocedores desde la primera sentencia del TS del 2015 de la nulidad de dicha clausula por abusiva, cosa muy difícil de demostrar si en ningún momento habíamos reclamado cantidad alguna.Articulo 250.1.14 14.º Las demandas en que se ejerciten acciones individuales relativas a condiciones generales de contratación en los casos previstos en la legislación sobre esta materia.