<<
No es legal lo que pretenden hacerle. Diríjase a su comunidad autónoma que es la autoridad competente:
http://www.cne.es/cne/mapa_comunidades.jsp?id_nodo=95&&&keyword=&auditoria=F
>>
Parece que no hay nada que hacer:
<<
Nos ponemos en contacto con usted para indicarle que se efectuó un traspaso de contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 83.I del R.D. 1955/2000 de 1 de diciembre, lo que supone que el nuevo titular asume derechos y obligaciones del contrato, incluyendo en el caso que nos ocupa, el importe de la refacturación o ajuste realizado de acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en la Orden IET/843/2012, de 25 de abril (BOE 26 de abril) para regularizar los precios de los peajes de acceso del periodo 1 de octubre de 2011 a 31 de marzo de 2012.
>>
Mi caso es como el de muchos, no era titular del contrato en las fechas a las que hay que aplicar el incremento, he reclamado comentandoselo y esta ha sido su contestacion:
<<
Nos ponemos en contacto con usted para informarle que al realizar un cambio de titularidad de contrato el nuevo titular asume todos los derechos y obligaciones del contrato de que asume la titularidad. Por lo que las refacturaciones en concepto de ajuste de peaje le corresponde a usted.
>>
He vuelto a reclamar haciendo referencia http://www.boe.es/boe/dias/2012/04/26/pdfs/BOE-A-2012-5527.pdf ya os comentare que me dicen
Echa cuentas... si cancelas anticipadamente ahora no vas a recibir ese 4%... no se cuanto sera la penalizacion... pero calcula cuanto te darian por cancelar y cuanto te darian por hacer el dopisito en esas entidades hasta fin de año, y por otro lado calcula cuanto ganarias con el 4% y decide si merece la pena arriesgar o no
Buenas,
Ya se como va... los intereses del 15% son desde el dia que compras hasta el dia de la liquidacion
Por ejemplo 300 * 15% = 45 que serian en un año
por lo que cada dia serian 45/365=0.123 que por 7 dias que esta prestado el dinero en la Liquidacion 2 son 0.86€
Muchas gracias