No quiero deducirme esos gastos. Si te fijas lo dije al principio. Por eso no quiero poner la vivienda. No sé si van a molestar a quien me la alquila si me la deduzco (quizá tenga que pagar algo que antes no) y aunque no fuera así no me parece lógico deducírmela porque son mis gastos personales, aunque trabaje "en casa". Que puede ser la mía, la de un familiar, etc, y no me apetece estar teniendo que enviar un papel modificándola cuando vaya de visita.
Un artículo interesante sobre trabajar desde casa en que describen los requisitos según la LIRPF para que un elemento patrimonial se considere afecto a la actividad. https://www.empresaactual.com/requisitos-para-trabajar-desde-casa-siendo-autonomo/ Considero que en mi caso no se cumplen, si me llaman para decirme que lo tengo que poner o que me van a sancionan tendré algo que argumentar.Primero, necesario no es porque podría hacer lo mismo en un coworking, en cualquier sitio donde puedas conectarte o en el domicilio de un familiar, segundo, la parte donde se desarrolla la actividad no está físicamente separada y la parte de los espacios privados no me parece que sea accesoria.
Gracias por la respuesta. Había llamado al teléfono de hacienda y me habían dicho que había que poner el domicilio de la actividad, me extrañó y me pareció que respondieron sin lógica, desde la perspectiva de poner demás que de menos. El domicilio fiscal, eso claro, siempre.