Hola amigos!
Yo tambien tengo ese error, pero segun dice en la hoja tengo que poner SI o NO.
La duda mia es que no se que poner por que no entiendo bien a que se refiere ese apartado?: ¿Existe volumen de operaciones (art. 121 LIVA)? (SI/NO)
Me imagino que como tengo alquilado un local tendre que poner SI?
Saludos!
Gracias de nuevo!
creo que no me he explicado bien.
A ver... la persona fallecida es mi hermana, yo hacia mas de 15 años que no sabia nada de ella. Me entere por facebook que habia fallecido.
Ella no tenia nada, al contrario, según unos familiares, lo que tenia eran trampas (debía dinero en varios sitios)
Por lo tanto, ningún hermano, podemos pagar las deudas que haya dejado ella.
No se si habrá o no una ley que diga que esas deudas las tienen que pagar los hermanos (si son herederos de sus bienes)?. Pero es que no es el caso, yo al menos no he firmado ninguna herencia, además es que estoy seguro que no tenia nada.
Por lo visto estaba en una residencia que la pagaba con una pensión que tenia de las que da el gobierno a las personas que no tienen trabajo o están enfermas (como el caso de mi hermana fallecida)
Saludos!
Muchas gracias a todos!
Osea, que como (que yo sepa) no he aceptado ninguna herencia, no tengo ni que pagar, ni renunciar a ninguna herencia ante notario.
Es así ?
Gracias de nuevo
Saludos!
Buffff vaya la que he liado. Yo sabia que algo raro pasaba. Después que la he enviado por internet con domiciliacion bancaria (854,39 € a pagar) me he dado cuenta que esa diferencia que yo habia visto (Intereses del banco 2058,03)) en la casilla 001, es que sin darme cuenta lo he puesto dos veces, una en la 001 y otra en la 022 (rendimientos del capital mobiliario). La diferencia es que he pagado 316,65 € de mas.
Ahora tendré que hacer un escrito a hacienda para ver si me lo rectifican ellos antes del pago dia 30.
Me imagino que sera así?
Saludos!
No, no lo has entenido. Las casillas 001 y 010 tienen lo mismo (12.795,03).
Lo explico de nuevo...
Cuando vas a poner el importe en la 001, te sale una nueva ventana la cual dice: RETRIBUCIONES DINERARIAS,
importe integro: aquí pongo 10.737,86, y cuando das a aceptar vuelves a la pagina anterior, en la casilla 001 y 010 (según mi opinión) deberia salir la misma cantidad (10.737,86), por lo que he visto en rentas anteriores.
Pero como he dicho, sale: 12.795,03
Saludos!
Gracias Lunatico!
En el programa padre. Rendimientos de trabajo pagina 3. (001)
No veo el desglose.
No se pero me parece raro esto.
A mi mujer tambien le sale bien, osea...la misma cantidad.
Saludos!
Perdona lunatico, lo del alquiler del local, no tendré que ponerlo en la pagina siguiente (0,79, D.Relación de bienes inmuebles urbanos a efectos de actividades económicas u objeto de arrendamiento... ) en lugar de la 0,51 ?
Saludos,
y muchas gracias por todo el coñazo que te he dado!
Gracias de nuevo amigo!
creo que ya lo he entendido todo. Solo quiero que por favor me digas si esto es correcto:
-Propiedad: 50%
-Uso destino: clave 3
-Inmueble a disposición de los propietarios...: Valor catastral . Periodo computable 304 dias (10 meses), ya que dos ha estado alquilado
-Inmuebles arrendados... Ingresos íntegros (la mitad) . Otros gastos deducibles (la mitad). Retenciones (la mitad).
Es así?
Creo que con esto termino.
Gracias lunatico, eres un crack!
Saludos!
Muchisimas gracias lunatico, creo que ahora si lo he entendido.
Otra cosa, por favor, aver si me puedes aclarar esto. En ingresos integros y otros gastos deducibles hay un asterisco el cual hace referencia a: Si si hubiera varios titulares del inmueble, haga constar la parte correspondiente al titular reflejado.
Me imagino que en mi caso como el local también esta puesto a nombre de mi mujer, tendré que poner la mitad de cada cosa, osea, el 50%. Eso es lo que entiendo como: varios titulares.
Es así?
Saludos y muchas gracias!
Muchas gracias amigo!
Lo del IVA y gastos deducibles, ya o he entendido.
Respecto al IRPF entiendo lo siguiente:
Hay un apartado en la declaración donde efectivamente, parece que hay que poner los gastos deducibles (contribución comunidad, etc), el importe del precio del alquiler, y el de las retenciones. Es así?
Lo que no entiendo es lo que dices de: Durante el tiempo que NO ha estado alquilado?, será alquilado no?
Saludos y gracias de nuevo!
Muchas gracias amigo!
Pero esto no se que quiere decir?:
Si el inquilino destina esta vivienda a su vivienda habitual y no de temporada(ejemplo estudiantes), tiene una reduccion de su NETO en funcion de la edad del inquilino :
Entre 18 y 30 años el 100% exento , no tributara.
Mayores de 30 años el 60% exento , tributara por el 40%.
Entiendo que esto no es para mí, si no para mi inquiino no?.
Saludos!
Muchas gracias por la respuesta!
A ver, (para que quede claro) yo soy el propietario de un piso el cual tengo alquilado.
Osea, que debo de descontarlo del valor de contruccion. Es decir, si el vaor de contruccion es de 20.000 mil € tendria que poner 600 € como deduccion. Es así?.
Muchas gracias!
Saludos!
Muchas gracias Empty.
Pero por que no estoy obligado, por una nueva normativa de no hacer la 347, o por que no llego a tres mil y pico euros anual?
Mas que nada es para saber si el año que viene tengo que marcarla.
Saludos!
y gracias de nuevo
Pues ami tambien me cuesta creerlo Erlenmeyer.
Yo es que leo el BOE y no lo entiendo.
Me gustaria que alguien que lo entienda nos lo explique mejor y así estar preparados para ello al mes que viene.
Saludos!