Ya está bien d trolear el hilo d Monillo q era muy útil hasta q la gente entra aquí a contar sus desventuras con sus finanzas , bancos etc Ahora tratas d buscar o comentar algunos aspectos del hilo y esta la información poco accesible Creo q Monillo no se lo merece
Si superas los 50000€ y estas obligado a rellenar el 720, tienes q declarar todas las cuentas en el extranjero aunq esten a ceroTienes q meter los datos del banco donde tienes el deposito, cuando declares ese deposito y tendrás q meter los datos de la cuenta Raisin ,cuando rellenes la ficha de la cuenta q tenemos en Raisin Salu2
Utiliza el FDA q te proporciona Raisin para identificar el depositoLa unica diferencia , al hacer el 720 , es q si utilizas el IBAN donde pone "clave de identificación de cuenta " tienes q seleccionar la letra I y si no utilizas el IBAN , seleccionas la letra OSalu2
Por si te sirve de algo, comentarte q llevo haciendo el 720 desde hace 7 años. Al principio ponia el FDA en las cuentas q no tenia el dato del IBAN . Pero llevo ya 3 o 4 años q solo pongo el FDA porq lo tengo en la misma ficha de contratación del deposito ( y así puedes hacer el 720 antes q Raisin te mande la documentación ,porq realmente tenemos toda la información)Hasta ahora no he tenido ningún problema con el 720 y seguiré poniendo el FDALa unica diferencia , al hacer el 720 , es q si utilizas el IBAN donde pone "clave de identificación de cuenta " tienes q seleccionar la letra I y si no utilizas el IBAN , seleccionas la letra OSalu2
En cuanto a la seguridad de Facto (y otros bancos on Line) esta muy asegurada porq para retirar dinero solo lo puedes hacer a tu cuenta vinculada y ademas hay q confirmar la operación mediante una clave q te mandan al telefono movil en el momento de la transferencia.Somos muchos los q llevamos trabajando con Facto mucho tiempo y son muy serios, tranquila q tendrás el dinero de vuelta cuando así lo requieras a la finalización del deposito.Salu2
1-El modelo 720 se presenta entre el 1 d enero y 31 d marzo del año siguiente al ejercicio a declarar 2-Es totalmente on line y se rellena desde la página d la Agencia Tributaria3-No hay q declarar los intereses , solo el capital principal. Los intereses se declaran en el modelo 100 ( el d la declaración d toda la vida). Hay entidades q si te harán retención y otras no , depende del país donde residan . Los franceses e italianos no hacen retención . Hay algunas entidades q si presentas un certificado fiscal te quitan la retención o te la reducen . De cualquier modo en el modelo 100 hay un apartado para declarar los intereses en el extranjero y evitar la doble imposición Salu2
Si por tu situación legal tienes q pagar CERO a hacienda y por vía retenciones has pagado EQUIS , te devolverán EQUIS Una retención es un pago a cuenta , pendiente d realizar la liquidación q se hace con la declaración ( modelo 100)Salu2
Rellenar el modelo 720 es muy fácil , no tiene nada d complejo como pueda ser el modelo 100Solo hay q poner los datos d la entidad q tienes el depósito , la cantidad del depósito , fecha y referencia . Q haya gente q prefiera perder una importante cantidad d intereses para evitar el 720 no lo termino d entender ( ademas hay gente en el foro q te presta ayuda si la necesitas)Recuerdo q el modelo 720 es solo declarativo , no hay q pagar nada Salu2
Claro q te devuelven las retenciones. De hecho a mi me devuelven todos los años la mitad d las retenciones d los depósitos por bonificación d residencia q tengo en el IRPF. Las retenciones sólo son un pago a cuenta , luego hay q ver en el IRPF, si las cuentas salen a favor d hacienda o a mi favor .Si tienes intereses por depósitos haz la declaración aunq no sea obligatoria porq te saldrá “ a devolver “