Muchas Gracias por la rápida respuesta.
Y otra pequeña duda que me surge: ¿ Los gastos que no sean totalmente* de la actividad son desgravables al 50% verdad?
* : Entiendo como 100% de actividad la RC Profesional, Software especifico, etc... Pero un ordenador, Gasolina, Teléfono o unos trajes, no tienen por qué ser especificamente de la actividad, y por eso creo que van al 50%.
Saludos
Buenas, una duda: Si los ultimos 180 dias has trabajado a media jornada. ¿Tu base de calculo seria la que aparece o el doble, ya que has tenido que trabajar 2 dias para cotizar 1? Saludos
Buenas, el local tambien se vende, pero supuse (quizas erroneamente), que son 2 operaciones distintas:
1º) La venta de la "licencia" para poner la farmacia + Fondo de comercio de la farmacia actual+ Las existencias.
2º) Por otra parte el local comercial donde se desarrolla la actividad.
Todo ésto en la CCAA de Cataluña.
Y en mi suposicion, pense que el local es una venta normal de un inmueble, y la duda me surge en la "licencia".
Saludos y perdonad la posible confusion.
Buenas, es que lo puse rapido, y puse: " la licencia para operar no el local", y me salté la coma, queria decir: "la licencia para operar. No el local comercial".
El local, supongo que sera una venta distinta, y que sera la venta de un local normal, como si hubiese alli un banco, un concesionario o una tienda de ropa.
Saludos y Gracias
Yo tambien me he quedado con la curiosidad de saber que concurso y coche ha tocado (a mi lo maximo que me han regalado es un vaso con las latas de coca-cola). Saludos