Tomador: el que contrata la póliza
Propietario: tu padre.
¿que problema hay? Además en seguros hay una figura que se llama el "interés asegurado". Es decir, si tu tienes un interés sobre el bien asegurado, puedes contratar la póliza.
Legalmente no pueden obligarte a hacer ningún seguro. La verdad es que si te obligan a ello, dice muy poca cosa sobre la profesionalidad y ética del banco. Pídeles que te den por escrito que es obligatorio.
Mira en otros bancos.
Ha comentado en el artículo Como para confiar en su banco… continuación de la primera parte. (Parte III de …..)
Lo malo es que el argumento de la Dirección General de Seguros es que el que debe demandar es el asegurado....y claro ¿quién se atreve a demandar a su banco?.
Además, la DGS seguro que es conocedora de esta situación...lo que pasa es que mira para otro lado.
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Jaumet1420/03/11 21:04
Ha escrito el artículo Como para confiar en su banco… continuación de la primera parte. (Parte III de …..)
Jaumet1428/02/11 19:50
Ha comentado en el artículo El valor de la mediación
Pues sí, Javieron1, con Internet tenemos un buen enemigo, pero por suerte de momento la gente utiliza esas webs para informarse. Por suerte al contratar, siguen acudiendo a mí y a otros corredores...
Creo que tradicionalmente la medición no ha sabido venderse como colectivo, sino en algunos casos como empresas individuales. Somos un colectivo en el que por desgracia, cada cual va por libre, y si ni se toma conciencia colectiva puede ocurrir lo que tu dices.
Gracias por tus comentarios.
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Jaumet1423/02/11 23:04
Ha escrito el artículo El valor de la mediación
Jaumet1421/02/11 20:40
Ha comentado en el artículo Como para confiar en su banco (Parte II de …). El verdadero coste de un préstamo.
ja ja ja Fernan2....tienes toda la razón del mundo.