Yo lo dejaría en ing.
tienes que apostar por lo que te conviene, o si no harás lo que ellos quieren que hagas.
yo sacrifico ése 0.25% (si lo piensas es una mierda, comparado con la penalización que te harían si retiras dinero) por tenerlo todo disponible y al 2% cuatro meses.
Saludos.
informate.. creo que no son ipfs....
son participaciones en el banco..
me lo dijo uno del santander, muy amigo mío, que tiene toda la pasta ahí y le dan algo por el estilo.. me lo recomendó (ni de coña lo hice ni pienso meter más en algo que no esté garantizado, que aunque caiga una quita del BE, pero por lo menos que se me garantice algo).
cuidadíiiiiiiin.
informate, y sin son ipfs de verdad, nos lo dices.. yo creo que no lo son.
saludos.
el de incendio seguro que te lo puedes desgrabar aunque no esté en el estipulado de la escritura como obligatorio.
de lo demás, de vida, de proteccion del pago, y demás lindeces bancarias, dicen por ahí que hay una circular de hacienda que dice que cuando estás obligado a ellos por el condicionado de la escritura, que SÍ se puede deducir.
lo que yo no se es que si ponen que te obligan a ir al bingo y gastarte 50.000 euros, si ésto degraba,.. no se que no me parece lógico que se pueda desgrabar un concepto al que no estás obligado a su contratación por ley, como es lo de vida y demás cosas... contra el de incendio que SÍ estás obligado por la ley hipotecaria.
Si consigues esa circular, pégala aquí y así beneficia a todos.
Yo te he enseñado el camino, tú acaba la faena.
recuerda, la verdad está ahí fuera
;)
Saludos.
PD: el seguro de salud, te puedes desgrabar, si eres autónomo, 500 euros al año por cada familiar de primer grado que tengas (mujer e hijos, y supongo que también padres a cargo). Tampoco le veo la lógica a ésto, por que encima se pone en la casilla última de "otros conceptos fiscalmente deducibles" de los gastos inherentes al negocio en la página de actividades economicas.
Debería ir en la página de lo del plan de pensiones y tal... pero bueno.
ojo, y lo de incendio, no es todo el seguro de hogar.. es sólo la prima de incendio, que viene a ser 25 euros al año o así., que conste.
y hasta ahí puedo leer.
metelo al 2% en ing y que se joda Botín, el Bbva, y que espabilen.
los santanderinos y los vascos están dando el 2,5% pero trincando la pasta para 13 meses.. que listos..
Si lo metemos todo en los bancos españoles, hacen lo que quiere Rajoy y Botín...
hay que intentar corregir esta deriva de enriquecimiento de bancos..
joder, es que es de juzgado de guardia la bajada de tipos de ipfs del 4 al 2 que hicieron en enero...
son unos ladrones.
todo a ing, hacedlo o si no el año que viene andará ésto por el 1,5%, que es lo que intentaron ya en enero y han conseguido muy en parte.
Saludos.
pienso y pienso y siempre llego a la misma conclusión...
hay que llevarselo todo a un banco extranjero... me da igual los portugueses que los holandeses...
hay que llevárselo todo fuera para obligar a los nacionales (oligopolio total) a subir al menos más allá de la inflacción (de juzgado de guardia), y por lo menos al 4%.
joder como me hierbe la sangre de pensar lo que nos están haciendo.
Yo ahora mismo, como ya he dicho dos veces lo tengo en ING, a un mísero 2% (sí, es un mísero dos, pero hay que poner la zanahoria en alguien, y ése es ing, a ver si los nacionales se espabilan y deciden dejar de pagar por el interbancario a los extranjeros como ing).
Saludos.
1) confirmo que sin reclamar tambien me han ingresado el resto. y
2) me he llevado toooodo a los naranjitos... a ver si el botín se pone las pilas y sube ese tae puerco que tienen fijado en contuvernio con el resto de la banca.
Saludos.
¿¿Podríais poner alguna manera de saber como nos han timado?? que yo estoy mirando en la página y veo la liquidación hecha el 1 de junio pero logro ver que no me la hayan transferido. Es que, con ésto de la recapitalización del deposito, al no haber movimientos claros como en una cuenta a la vista, no logro ver el detalle del acrecimiento o no del deposito.
EDITO... acabo de calcularlo... yo metí la pasta el 11 de enero, y estuvo ahí hasta el 31 de mayo, es decir, 140 días al 3,93% como aparece en el histórico de intereses.
El caso es que si aplico el porcentaje de interes sobre esos días y le quito la retención del 21%, me sale que en vez de darme el 3.93% me han dado la friolera de 3,38%.
Atónito me hallo en este momento...
por donde empiezo, reclamación al banco de España?, cojo un cuchillo y me cargo a alguien??
alguna idea???
Saludos.
ojito con el deposito al 2.25%.... la penalización de los intereses es al 100%... leedlo... y en otro foro incluso se ha colgado la pregunta de marras a una operadora de ibnesto, y se ha colgado la respuesta que le han dado... que si lo sacas antes de los 13 mese la penalizacion es del 50% del capital!!! éso si, sin superar los interese generados.. jeje, que gracia.
Yo, toda mi pasta, a ing, que aunque sea una mierda, al menos les jodo al botín y cía y apechugan con la desvandada, que nos están robando a manos llenas los muy HDLGP.
y ahora la movida ésta de que no han ingresado la última liquidación.. otra movida más.. bufff
Comento lo que me han dicho en Hacienda.
Que las retenciones se devuelven únicamente haciendo la declaración de la renta, nada de escritos y comunicaciones adjuntando un borrador de declaración de la renta.
Éso me dicen en el departamento de Renta.
A la pregunta de "¿y que pasa con la sanción?" dicen... "no se se impone, pero para estar seguro habla con Sanciones"
(ya esto parece ese capitulo de axterix y obelix y las 12 pruebas esas...
Total que voy a Sanciones y me dicen que efectivamente tanto que la sanción está prevista en el articulado de la ley como del reglamento tributario, pero en esos casos no se imponen por que hay una circular interna que dice como proceder en estos casos (no sancionando)... a lo que me dice que cuando llega sanción por éso es que se ha "escapado" del sistema por que el mismo (el sistema) las genera (la sanción) automáticamente, por lo que el contribuyente sancionado ha de hacer un escrito poniendo de manifiesto el caso y pidiendo que se levante la sanción por no estar obligado a hacer la declaración de la renta en el ejercicio que quiere que le devuelvan las retenciones practicadas y soportadas.
Yo he procedido a mandar al amigo mío la renta atrasada, toda vez que ya se seguro como proceder este año (hace dos años me dijeron lo mismo pero este año me he querido asegurar que todo seguía igual).
Y para que conste a los efectos oportunos, lo suscribo en el foro.
He dicho.
Saludos!!