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Jotaerre

Se registró el 18/03/2010
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Jotaerre 06/10/24 14:08
Ha comentado en el artículo Jotaerre, el mejor especialista en derecho inmobiliario y registral
06:00 I GOT YOU BABE… Buenas, la hipoteca, en cuanto derecho real de garantía que permite la realización del bien afecto para el pago del débito al que responde, no se puede realizar parcialmente o, como reflejo, extinguirse en proporción, aunque se reduzca la obligación garantizada por amortizaciones sucesivas o se enajene una porción del bien afecto, porque es indivisible, según los arts. 1860 CCivil, 12, 119, 122, 125 LH y 217 RH. Madrid, 08.04.22, Resolución de la DGRN confirmando la indivisibilidad: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2002-10437 Barcelona, 02.11.2020, Auto de la Sección 15 (la Mercantil) de la AP en ese sentido: https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/3506ade56220f096/20201214 Madrid, 30.12.2020, Resolución de la DGSJyFP que excepciona el caso de subasta de en concurso de sólo un copropietario: “No obstante en el supuesto concreto de este expediente la purga de la hipoteca no es consecuencia de la ejecución de la garantía sino de la subasta judicial de la mitad indivisa del concursado que debe conducir a su adjudicación libre de cargas conforme al artículo 149.5 de la Ley Concursal en su redacción aplicable a este supuesto, que dispone la cancelación de todas las cargas anteriores al concurso constituidas a favor de créditos concursales, salvo las que gocen de privilegio especial conforme al artículo 90 y se hayan transmitido al adquirente con subsistencia del gravamen, lo que no sucede en este caso. En consecuencia, la adquisición por el postor de la mitad indivisa del concursado, implicará que la garantía hipotecaria pase a recaer únicamente sobre la otra mitad indivisa de la finca, si bien, como consecuencia de la subasta, quedará minorada en la cantidad correspondiente al remate, sin perjuicio de las relaciones internas entre codeudores”. https://www.boe.es/boe/dias/2020/12/10/pdfs/BOE-A-2020-15925.pdf Barcelona, 06.02.2022, 06:00 I GOT YOU BABE... Auto de la Sección 15 de la AP ignorando esa RDG: https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/a7e59972389536b6a0a8778d75e36f0d/20230227 Madrid, 30.06.2022, Auto de la AP de Madrid citando y sí aplicando esa RDG:https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/593d342fef0b5ed0a0a8778d75e36f0d/20230414 “No obstante, en aquellos casos en los que la liquidación concursald eterminara la cancelación de cargas (ex art. 225 TRLC), "implicará que la garantía hipotecaria pase a recaer únicamente sobre la otra mitad indivisa de la finca, si bien, como consecuencia de la subasta, quedará minorada en la cantidad correspondiente al remate, sin perjuicio de las relaciones internas entre codeudores" (RDGSJFP 30.11.2020). En tal situación, nada obstaría la ejecución hipotecaria sobre la mitad indivisa del deudor no concursado”. Barcelona, 11.11.2022, 06:00 I GOT YOU BABE... https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/3b35ca3b34549584a0a8778d75e36f0d/20230220 Barcelona, 18.05.23, 06:00 I GOT YOU BABE…https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/7c5489d975a08700a0a8778d75e36f0d/20230920Barcelona, 03.10.23, 06:00 I GOT YOU BABE… https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/1c613f4b706e1431a0a8778d75e36f0d/20240119Valencia, 23.04.24 (Sant Jordi), Auto de la AP que aplica y “reproducimos extensamente” la RDG del 2020:https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/ff188c3a79db8175a0a8778d75e36f0d/20240718 Barcelona, 23.05.24, 06:00 I GOT YOU BABE…https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/5fc3eb4f8f92ea9ba0a8778d75e36f0d/20240902¿Lost in translation? 
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Jotaerre 04/06/24 09:42
Ha comentado en el artículo El chorreo semanal de correos gorrones
Totalmente de acuerdo, "gorriones" hasta resulta amable, teniendo en cuenta que la inmensa mayoría son, además, unos maleducados que no dan ni las p...s gracias cuando les contestas que, o bien no puedes atenderles, o que tu tiempo vale lo mismo que el suyo en su trabajo (y, para los que no lo sepan, la experiencia demuestra que, si no cobras por adelantado, tienes dos problemas: la consulta, y luego intentar cobrarla).Saludos,
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Jotaerre 11/05/24 08:19
Ha comentado en el artículo La que se avecina con la reforma de la Ley 1/2013
-¿QUIÉN ES ESE?-SI TE LO DIJERA, TENDRÍA QUE ...Buenas, siempre he pensado que las películas de acción ganan, porque necesitan, escenas y frases cachondas como esa, que viene a colación por la insólitamente heroica, o heroicamente insólita, forma con la que una LAJ acaba de despachar la socorrida petición de suspensión por vulnerabilidad de la madre de un deudor:Todavía hay esperanza, no de que los Juzgados sean injustos, sino de que, simple y llanamente, conozcan las normas...Saludos, y buen fin de semana,
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Jotaerre 07/05/24 19:51
Ha respondido al tema Registro rechaza inscripción bienes subastados - Subastas judiciales
Buenas, las calificaciones registrales se notifican tanto al interesado como al emisor del documento, así que el Juzgado la recibirá igual, y, siendo ese defecto subsanable (sólo exige que se detalle qué parte del precio del remate se aplica a la responsabilidad de cada finca), no debería haber problema en que el Juzgado lo haga.En cualquier caso, siempre es recomendable un escrito al Juzgado con esa calificación, solicitando que se dicte una diligencia o mandamiento adicional subsanando el defecto, ya que el art. 673 LEC establece que el Testimonio del Decreto de adjudicación será título bastante para la inscripción; por tanto, es obligación del Juzgado que así sea. Y sólo cuando no se puede, es cuando se tiene que anular la subasta por defecto insubsanable. Saludos,
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Jotaerre 07/05/24 19:03
Ha comentado en el artículo La que se avecina con la reforma de la Ley 1/2013
Buenas, y, más que Podemos, de lo que puede depender es del resultado de las elecciones catalanas... porque la prórroga del RDCovidUcraniaLaMadrequelosparió no se consiguió hasta última hora cuando Junts consiguió una prebenda más...Pero, sí, si no se aprobase la prórroga, se podría solicitar el lanzamiento; otra cosa es que luego se dicte otra Ley que supla a esa.Saludos,
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Jotaerre 29/04/24 16:16
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
Hola, Nuva, novada sigue siendo la misma hipoteca, y suerte que han cogido el tipo de la novación, pues al contrario, si el tipo de la 10 era menor, como se supone, es y sería causa de imposibilidad de registrar tu adjudicación, nulidad de la subasta, etc...Saludos,
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Jotaerre 10/04/24 08:28
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
... y, lo que es más "gracioso": cuando a la DGT les alegas que el Catastro dice que en las subastas no se aplica el VRC, contestan que preguntes entonces por tu caso al Catastro, y, cuando preguntas, el Catastro te dice que ya contestará a la DGT cuando les pregunte en el curso del expediente... un pez que se muerde la cola, porque la DGT no pregunta el VRC al Catastro diciendo que se trata de una subasta, sino que directamente consulta la web del Catastro y aplica el VRC.Lo dicho: este maravilloso país, cuna de la picaresca del Buscón y del Lazarillo, que tenían el mérito de su ingenio, hace años que es, directamente, el de Curro Jiménez; es decir, de ladrones.Saludos,
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Jotaerre 09/04/24 21:46
Ha comentado en el artículo Chat de subastas
En Catalunya, y en todas partes: las Consultas Vinculantes a la DGT lo son por algo, aparte de para dar pol cul, como su nombre indica.
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Jotaerre 04/04/24 13:43
Ha comentado en el artículo La que se avecina con la reforma de la Ley 1/2013
De nada, pero lo siento, las preguntas sobre casos particulares las atiendo desde la consultoría de pre-pago, entre otras razones, porque según la zona podría decir si la AP es de las que admite o no apelar esos casos (es mi trabajo estar al día de la jurisprudencia).Saludos,
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Jotaerre 04/04/24 13:07
Ha comentado en el artículo La que se avecina con la reforma de la Ley 1/2013
Por supuesto, sólo puede prorrogarse algo mientras está en vigor.Y, a lo otro, no debes haber visto mi entrevista en el canal de Tristán: la mayoría de APs no admiten que se pueda recurrir, por la simple ocurrencia de nuestros brillantes legisladores de no decirlo expresamente en la Ley, y menos trabajo para nuestros no menos brillantes Magistrados.
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Jotaerre 04/04/24 12:13
Ha comentado en el artículo La que se avecina con la reforma de la Ley 1/2013
Buenos, teniendo en cuenta que la Ley era del PP, que la prorrogó varias veces, que luego lo hizo el PSOE, y que sacó adelante la prórroga del RDCovidUcarniaYlamadrequelosparió gracias a Podemos a cambio de prorrogarlo hasta el 2028, ¿queda alguien tan iluso como para pensar que no se prorrogará, como siempre con alevosía y casi nocturnidad, en el último momento?Y ese que dices fue y sigue siendo el requisito esencial, ya desde el Preámbulo, en efecto, pero muchos Jueces se lo pasan por el forro de sus caprichos, país de pandereta...Saludos,
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Jotaerre 10/02/24 19:52
Ha comentado en el artículo Jotaerre, el mejor especialista en derecho inmobiliario y registral
🙄 En primer lugar, en una ejecución no hay desahucio, sino lanzamiento por el propio Juzgado que la tramita, y lo único que hace el concurso es trasladar al Mercantil la de la hipoteca, porque el Banco será el primero que cobre.Pero, si quieres seguir soñando que vives en el mundo de Yupi, no seré yo quien te lo impida, siempre encontrarás un 🎓 que cobre por decirte lo que quieres oir.Saludos,
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Jotaerre 10/02/24 19:31
Ha comentado en el artículo Jotaerre, el mejor especialista en derecho inmobiliario y registral
Hola, Kickeo, en un país oficialmente "de pobres crónicos", donde llegó a sonar como Ministra de Vivienda Ada Colau, esa pregunta se contesta sola: salvo que el Administrador Concursal (otro colectivo que tela...: pudiendo subastar gratis en el Portal del BOE, lo hacen con empresas especializadas que cobran un % de comisión, y ¿alguien duda de que parte de ese % va para el propio AC?)  tenga las llaves para darte la posesión, ya te puedes poner en lo peor...Saludos,
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Jotaerre 24/01/24 12:27
Ha comentado en el artículo SubastaFácil franquicias, algunas verdades
Buenos, y yo aún diría más: el tiempo transcurrido no es nada del otro mundo, y de lo que te has librado es de que te adjudiquen y luego resulte que el deudor está recurriendo por ese tema de notificaciones, con el riesgo de que se anule la subasta o te dificulten la entrega de la posesión.Saludos,
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Jotaerre 08/01/24 06:13
Ha comentado en el artículo Las cesiones de crédito, el negocio de moda
De nada; pues los arts. 17 y 540 LEC, más el sentido común: para que la subasta se publique, debes pagar la tasa con el impreso 791, que prepara el Juzgado con los datos que le des, obviamente los tuyos como ejecutante y quién va poder pujar por ti en la subasta.Aunque también puedes hacerlo después,  con el riesgo que eso supone al no constar como ejecutante durante la subasta.Saludos,
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Jotaerre 25/12/23 19:29
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
La resolución se descarga desde el apartado DISPOSICIONES, y, respecto a lo definitivo, me remito a lo ya comentado: la DGT sigue jugando al "entre los que no lo sepan, no quieran (por la poca diferencia) o no puedan (porque recurrir puede costar dinero), nos lo seguimos llevando crudo" y te "sugieren" que preguntes al Catastro por tu VRC en subasta...
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Jotaerre 27/10/23 09:35
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
... y ya tenemos la Resolución para el 2024 publicada, que, lógicamente vuelve a decir los mismo:"No obstante lo anterior, las siguientes situaciones podrán implicar, en su caso, que el valor de referencia de un bien inmueble no exista:  g) Cuando se trate de inmuebles con precio de transmisión fijado por subasta pública, notarial, judicial o administrativa, en el periodo de efectos de esta resolución." https://www1.sedecatastro.gob.es/accesos/SecACCResolucion.aspx?resolucion=resolucion&ejercicio=2024&tipo=BSaludos,
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Jotaerre 27/09/23 06:42
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
... y, en efecto, la Propuesta para 2024 dice lo mismo:No obstante lo anterior, las siguientes situaciones podrán implicar, en su caso, que el valor de referencia de un bien inmueble no exista:  g) Cuando se trate de inmuebles con precio de transmisión fijado por subasta pública, notarial, judicial o administrativa, en el periodo de efectos de esta resolución.https://www1.sedecatastro.gob.es/accesos/SecACCResolucion.aspx?resolucion=proyecto&ejercicio=2024&tipo=U
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Jotaerre 26/09/23 08:05
Ha comentado en el artículo El nuevo ITP para las adjudicaciones en subasta
Buenas, primer paso para la Resolución del Catastro (vinculante, recordemos) sobre el VRC para el 2024, que, por lógica y coherencia debería decir lo mismo sobre las subastas:https://www.boe.es/boe/dias/2023/09/26/pdfs/BOE-B-2023-27748.pdfDe momento aún no he encontrado la Propuesta que dice estar disponible en la laberíntica sede del Catastro...
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