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Kusss 17/03/23 19:59
Ha respondido al tema Promoción 1er. año 1% TAE (máx. 30.000€) cuenta Sabadell online
¿Y eso dónde está escrito? Porque en las condiciones de la promoción no pone nada de eso:Recibir ingresos recurrentes en la Cuenta Online Sabadell. Se entenderá que se hanrecibido ingresos recurrentes cuando durante los tres meses siguientes al mes de alta dela Cuenta Online Sabadell se reciban, al menos, dos ingresos, que deben suceder en dosmeses distintos, por importe igual o superior a 700 euros cada uno de ellos, en la CuentaOnline Sabadell.
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Kusss 17/03/23 12:57
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Gracias por el apunte Cris.Tina. Efectivamente, si los atrasos cobrados son del año anterior y aún no ha pasado el plazo de realizar la declaración (30 de junio de 2023), hay que incluir los datos sin hacer una complementaria. Necesitamos conseguir el certificado de IRPF ya que además en el primer pago se mezclan cantidades del 2022 con las correspondientes de 2023 y ni siquiera refleja el porcentaje de IRPF aplicado a cada año.
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Kusss 17/03/23 12:50
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Cris.Tina. Mi hermano también tiene el certificado de haberes de su empresa de 2022 por la parte que les toca. Ayer solicitamos el certificado del pago de los atrasos de 2022 de su pensión a través del Buzón de Consultas de la Seguridad Social, que a efectos prácticos es un nuevo pagador y ha deproporcionar su certificado. Bien pues hoy ha llegado la respuesta y es absurda, se ve que el funcionario de turno ni se molestó en leer la petición:Le comunicamos que no podemos atender el objeto de su consulta, al tratar la misma de un asunto que no entra dentro de las competencias de este Organismo, ya que éste es un buzón que está pensado para realizar consultas de gestión relacionadas con la Seguridad Social, siendo la autoridad competente en la materia que se refiere en la misma, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.A continuación, se indica, por si fuera de su interés, su dirección de Internet: www.aeat.esVamos a intentar pedirlo como tú a través del registro electrónico a ver si hay suerte. Muchas gracias por la idea.
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Kusss 04/03/23 00:58
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Y aparte de la Dirección General de Tributos, también lo reconoce la propia Hacienda:Definición y acreditación del grado de discapacidadQuiénes son personas con discapacidad a efectos del IRPF y cómo deben acreditarlo.Acreditación del grado de discapacidadTendrás que acreditar el grado de discapacidad, la necesidad de ayuda de terceras personas o la movilidad reducida con un certificado emitido por el  IMSERSO o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.No obstante, se considera que tienes acreditado un grado de discapacidad:Igual o superior al 33% si:Percibes una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
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Kusss 04/03/23 00:51
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Mírate este enlace:Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V2230-20 de 30 de Junio de 2020CuestiónSi una persona a la que se le ha otorgado el derecho a percibir una pensión por incapacidad permanente total, se considera a efectos fiscales que tiene acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%, teniendo en cuenta lo establecido en Sentencia 992/2018 del Tribunal Supremo, de 29 de noviembre de 2018, y otras de la misma fecha.[...]No obstante, en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, dicha equiparación entre grado de discapacidad y pensiones por incapacidad permanente no deriva del citado texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, ni de las citadas leyes 26/2011 o 51/2003, sino de la propia Ley del Impuesto y a los efectos de éste, por la que la Sentencia del Tribunal Supremo no afecta a dicha equiparación a efectos del Impuesto.[...]En consecuencia, debe concluirse la plena validez del artículo 60.3 de la Ley del Impuesto y de la consideración de un grado de discapacidad del 33 por cien en el caso de pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y en el caso de los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, a los efectos del cálculo de retenciones y a los restantes efectos previstos en la normativa del Impuesto.Lo que comunico a usted con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE del día 18).
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Kusss 03/03/23 20:30
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Pero a efectos deducción del IRPF se ha mantenido siempre la equiparación de las incapacidades permanentes con la discapacidad del 33%. En 2018 el Tribunal Supremo quitó la equiparación automática al resto de efectos, pero no ese. Para marcar esa casilla del 33% en la Renta no es necesario tener el certificado de discapacidad reconocido por la CCAA (excepto si es más del 65%, entonces sí) siempre que tengas reconocida una IP. Definición y acreditación del grado de discapacidad
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Kusss 03/03/23 13:52
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Asunto aclarado @karite , estabamos usando la calculadora de hacienda de 2022!Usando la de 2023 sale clavado el 5,42% (nuevos baremos).Retenciones IRPF 2023 (desde 1 de Febrero)¿Alguien sabe como se declaran los atrasos retroactivos de 2022 cobrados en 2023?Dudo si:-añadirán el dato en la declaración del ejercicio 2022 automáticamente-Hay que presentar una complementaria/rectificativa al ejercicio 2022-Se considera como una pago más del ejercicio 2023 a declarar en 2024
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Kusss 01/03/23 19:51
Ha respondido al tema Promoción 1er. año 1% TAE (máx. 30.000€) cuenta Sabadell online
El pasado domingo 26 se dio de alta un familiar. Teníamos preparados varios códigos del foro recientes para copiar y pegar. Ninguno funcionaba, decía que código inválido o algo así. Con el último que probamos ya no dijo nada (ni válido ni inválido) y continuó el alta. Bueno pues ayer martes 28 ya tenía ingresados los 25€. Cuando yo me di de alta hace unas semanas, me reconoció el código como válido y me lo pagaron dos semanas después.Cosas del Sabadell...
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