Acceder

llyra

Se registró el 08/05/2013
17
Publicaciones
--
Recomendaciones
--
Seguidores
Posición en Rankia
7.337
Posición último año
llyra 11/01/15 20:10
Ha comenzado a seguir al usuario
llyra 07/01/15 20:06
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
De nuevo gracias por contestarme. Efectivamente soy yo quien debe decidir pero para ello necesito más información y por eso recurro a estos foros y a personas que como usted, dedican parte de su tiempo a informarnos de cosas que a la gente con escasos conocimientos en la materia, como es mi caso, nos ayuda muchísimo. Entiendo que si tengo interpuesta una demanda penal no puedo poner una civil? tengo que anular la demanda penal primero antes de interponer la demanda civil? o por el contrario, puedo dejar que la demanda penal siga su curso, que según parece va para largo, e interponer una demanda civil contratando sus servicios y, en el caso de que ganásemos esa nueva demanda, anular la otra? Para terminar; veo en sus artículos que el presupuesto que propone es para una demanda civil colectiva ¿no es así? ¿no tiene presupuesto para demanda civil individual o es que quiere hacerla colectiva? lo digo porque en uno de sus artículos habla de la posibilidad de que algún juez rechace la demanda colectiva. Gracias otra vez.
ir al comentario
llyra 06/01/15 20:11
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Buenas tardes. En primer lugar felicitarle el año nuevo y agradecerle que me haya contestando tan pronto a mi consulta. Seguidamente, y abusando de su amabilidad, me gustaría detallarle las acciones que está realizando hasta la fecha el despacho de abogados que lleva mi caso, con el fin de que pueda entender mejor el problema que me planteo. Según la última nota informativa que nos remite el despacho, se están haciendo las siguientes actuaciones: 1-PENAL: Procedimiento abreviado que se sigue en el Juzgado Central de Instrucción nº 4 de Madrid, y en el que dicen textualmente: "En cualquier caso, esta vía, con independencia de las posibles actuaciones que se realicen en vía civil no alcanzadas por la prejudicialidad penal, sigue siendo una vía adecuada para obtener y exigir no solo la depuración de responsabilidades penales que correspondan sino también la correspondiente acción civil derivada de delito que permita finalmente un resarcimiento económico de nuestros clientes. No obstante, se prevé que este procedimiento penal tenga una larga sustanciación debido a los numerosos hechos que son objeto de investigación en el mismo a través de la pieza principal y de las distintas piezas separadas. 2-Recurso Contencioso Administrativo contra el acuerdo del FROB. 3-Reclamación administrativa de responsabilidad patrimonial del Banco de España, CNMV y Ministerio de Economía y Competitividad (Mineco). Esto es como digo, hasta la fecha, lo que están haciendo y ahora, según me dicen, después del último informe técnico realizado por los dos péritos del Banco de España, me ofrecen la posibilidad de iniciar una acción civil individual "basadas en el vicio del consentimiento de los inversores y en la eventual responsabilidad de Bankia por el folleto de emisión." Disculpe por todo este "rollo" pero creo que era conveniente detallárselo para que se hiciese una idea más exacta. Entonces ahora lo que me planteo es: -Sigo con los mismos abogados y presento la demanda civil individual con ellos, con los correspondientes gastos que supone a los que habría que añadirle los que ya les he pagado por el anterior procedimiento? -Dejo sólo la demanda inicial y no contrato la nueva que me proponen? -Dejo la inicial con ellos y contrato la civil con otro abogado? -Anulo la inicial y contrato la civil directamente con otro abogado? En fin, no sé... estoy hecho un lío. Gracias de nuevo y perdone si me he extendido demasiado.
ir al comentario
llyra 02/01/15 19:37
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Buenas tardes. Contacto con usted para hacerle una consulta. Verá, tengo interpuesta una demanda contra Bankia por el tema de las acciones a través de un despacho de abogados de Madrid desde el principio de toda esta movida. Tras las últimas informaciones que han salido a la luz, el despacho envió una circular a todos los clientes informándonos de la posibilidad de iniciar una nueva demanda por lo civil e individual ya que la anterior era colectiva por lo penal y contencioso administrativa. Por supuesto esta nueva demanda lleva unos nuevos gastos y me vienen una serie de dudas. Por ejemplo, ¿para que quiero poner otra demanda si ya he puesto una, o es que es mejor hacerlo de manera individual y por la vía civil, y si es así, por que no se puso desde el principio de esa forma? ¿si pusiera esa segunda demanda y la ganara y además ganara las costas, se me devolvería el dinero de las dos demandas? En cuanto al tema de los gastos, tengo que pagar una cantidad fija (dependiendo de la inversión realizada) y un porcentaje del 20% de la cantidad ganada (si se gana, claro está); además de otros gastos que según dicen textualmente: "Igualmente, estos honorarios no incluyen gastos relativos, en su caso, desplazamientos, poder general para pleitos, tasas judiciales, procuradores, y posible condena en costas, así como cualquier otro gasto cuyo pago sea exigido para el inicio de acciones judiciales."; la pregunta es: ¿no cree que son muy caros? ¿es conveniente presentar la segunda demanda con los abogados que presenté la primera o puedo cambiarme a otro abogado? Gracias por su atención.
ir al comentario
llyra 31/07/13 17:28
Ha respondido al tema Inversión en negocio.
Hola. Ya fuí al INEM, bueno al SEPE, y allí me dieron unos modelos de impresos a rellenar para cuando quisiese solicitar el pago de la prestación contributiba. Me he leido esos impresos y, para mi caso en particular, o sea, para solicitar la subvención de las cuotas de cotización a la S.S., los datos que debo poner son simplemente personales y no pone nada del modelo 036. La verdad es que no sé que hacer, estoy hecho un lío...
Ir a respuesta
llyra 31/07/13 11:10
Ha respondido al tema Inversión en negocio.
Hola otra vez. En cuanto al primer párrafo, decirte que ayer firmamos la compra-venta y el nombramiento como administrador único de la citada sociedad con lo cual no sé si he metido la pata y debía haberme esperado a principios de septiembre para hacerlo pero otras informaciones que he recibido al respecto me indicaban que si la sociedad no estaba operativa podía esperar y más teniendo en cuenta que estamos hablando del mes de agosto pues se suponía que no debían haber problemas y podía mantenerme en el paro cobrando el mes de agosto y darme de alta de autónomos a primeros de septiembre. El segundo tema, según me dijeron, salía más económico que yo comprara el 50% de las participaciones a un antiguo socio (1500€), o sea, que no hay ampliación de capital. Saludos
Ir a respuesta
llyra 30/07/13 17:27
Ha respondido al tema Inversión en negocio.
Hola Emive, gracias por contestar. Lo del paro creo que ya lo tengo claro, voy a pedir que me abonen las cuotas mensuales de la S.S.; ahora tengo otra duda: ¿debo darme de alta en autonomo cuando firme la escritura de compra-venta de acciones y el nombramiento como administrador o conviene que lo haga una vez la empresa comienze su actividad? lo digo porque aunque la empresa ya esté dada de alta, está inoperativa de momento y sin actividad, además, durante el mes de agosto cierra de vacaciones así que mi duda está en si habría alguún problema si me espero a darme de alta a primeros de septiembre. Gracias y un saludo.
Ir a respuesta
llyra 24/07/13 18:29
Ha respondido al tema Inversión en negocio.
Hola Cachilipox. Definitivamente va a ser una S.L. y lo que me proponen es que adquiera el 50% de la sociedad y sea coadministrador de la misma, trabajando en ella. Las preguntas serían: Si soy administrador tendré que darme de alta en autónomos no? Puedo comprar esa participación de la sociedad con lo que obtenga de capitalizarme el paro o eso solo se puede hacer para pagarme las cuotas del RETA? gracias y un saludo.
Ir a respuesta
llyra 12/07/13 16:51
Ha respondido al tema Inversión en negocio.
Hola Cachilipox; muchas gracias por contestar. Bueno verás, en principio creo que ellos tienen montada una S.L. para ese negocio y lo que me han propuesto es, como dije en mi anterior correo, es que yo aporte una determinada cantidad de dinero y me darán un porcentaje de la sociedad pero eso es una idea que ellos proponen, yo busco otras opciones, si las hay, que sean más interesantes conforme a mi situación actual que como digo es la de parado con prestaciones. Gracias y un saludo.
Ir a respuesta
llyra 13/05/13 12:57
Ha respondido al tema Comienzos del autónomo.
Hola de nuevo. Quisiera plantear otra pregunta referente al tema de los autónomos, ¿es posible compaginar trabajo por cuenta ajena y a la vez se autónomo?. Saludos
Ir a respuesta
llyra 10/05/13 18:01
Ha respondido al tema Comienzos del autónomo.
Gracias Cachilipox, ahora me ha quedado un poco más claro. Supongo que más adelante tendré más dudas que preguntar así que, hasta luego!
Ir a respuesta

Lo que sigue llyra