Acceder

Ludwigvan

Se registró el 05/07/2023
402
Publicaciones
344
Recomendaciones
12
Seguidores
2.022
Posición en Rankia
282
Posición último año
Ludwigvan 24/04/25 08:03
Ha recomendado Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total de Chedes
Ludwigvan 23/04/25 16:40
Ha recomendado Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total de Albert112
Ludwigvan 23/04/25 14:06
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Muy buena pregunta,,, se podria deducir, que la parcial tenderia a desaparecer, ya de por si eran como los reyes magos ( no existian , eran los padres) aunque casos hay ,pero pocos, sobretodo amputaciones o accidentes profesionales...Hay mucha ambiguedad en esta ley,, hablan de adaptaciones, mi parecer es que esas adaptaciones deben ser mas sustanciales que en las adaptaciones a parciales. Y tambien creo , que si te adaptan, tienes mas numeros para que en corto medio plazo, te revisen y te quiten la IP.( en definitiva lo importante son las funciones, que no sean para nada las mismas).. Luego hablan de reubicacion , un puesto nuevo, diferente, ahi no tendria que haber ningun problema, no deja de ser lo mismo que un IPT , comience un nuevo trabajo( o nueva profesion diferente a la anterior) reinventandose en unas funciones compatibles a tu patologia..Hubiera sido mas facil que en esta nueva ley , no hablaran de adaptacion, ya que aun lian mas el asunto, tan solo reubicacion como ponia en mi convenio, incluso con la formacion adecuada si fuera necesaria....un saludo
Ludwigvan 23/04/25 13:48
Ha recomendado Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total de José Luis 54
Ludwigvan 23/04/25 13:03
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Ok,, entonces no has llegado a los 18 meses de IT, por eso en ningun momento has estado suspendida, has seguido de alta en todo momento,, Ha ido muy rapido lo tuyo, no es lo comun..
Ludwigvan 23/04/25 12:38
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Vale, ahora con este dato es mas facil... Si ellos no se ven capaces de demostrar esos ajustes o que no hay vacantes compatibles con tu patologia, tienen dos vias o reincorporarte , bien sea reubicandote o adaptandote el puesto, o bien un despido por ineptitud con un NO APTO, el cual siempre podrias recurrir alegando despido improcedente o insistiendo en tu reincorporacion si asi lo estimas.Si pueden demostrar que no es factible ni viable esa reincorporacion tuya con tus patologias, entonces si que esta por ver que dice el BOE,  referente a si te pertenece una indemnizacion por despido o no. Mi opinion en este caso es que no tienen porque indemnizarte siempre que lo puedan demostrar, pero solo es mi opinion, sino habrian muchas indemnizaciones tanto en empresas grandes como pequeñas, y no es muy viable. A ver el BOE...Y todo esto teniendo en cuenta que se acepte que esta nueva ley que aun no esta en vigor te la deban de aplicar , o no,,,,, Siempre esta la sentencia del TJUE que fue la que dio lugar a esta modificacion, que creo jurisprudencia y un juez podria darte la razon, Por todo ello tu empresa va a hacer todo lo posible de propia voluntad para que quede el minimo de resquicio de su buena fe, curarse en salud , como te ha dicho Jose Luis, ante la posibilidad de una posible demanda tuya, demostrar esa " PREDISPOSICION"Ya iras contando, es interesante tu caso y puede ayudar a muchos que esten en una situacion parecida a la tuya, graciasUn saludo
Ludwigvan 23/04/25 12:25
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Sigues de alta, porque no llegaron a suspenderte a los 18 meses de IT, quizas no llegaste a esos 18 meses? O porque te han dado de alta de nuevo para el reconocimiento medico? si sigues de alta, entonces claro que cobrarias los atrasos desde ese alta..un saludo 
Ludwigvan 23/04/25 11:23
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
 Hola M , Hay muchos detalles que no cuentas y sin esos detalles es dificil contestar a tus dudas...1- Tienes reserva de puesto de trabajo en tu resolucion IPT?2- Preguntas si te indemnizarian con un NO APTO,  en el caso de no tener reserva y demostrando ellos que no hay puestos en tu grupo profesional( compatibles con tu patologia) y que no pueden hacer esos ajustes razonables, lo dudo, pero habra que ver como queda reflejado en el BOE. Si tienes la reserva de 2 años en tu resolucion, no te tienen que indemnizar nada, ya que seguirias en suspension de 2 años , La nueva modificacion del estatuto tan solo afecta a los que no tienen esa reserva.3- Caso hipotetico que no tienes la reserva en tu resolucion y la empresa no puede demostrar que no hay vacantes ,ni esos ajustes razonables, Ahi , si te podrian indemnizar por ineptitud ante el NO APTO , y tu estarias en tu derecho de poner una demanda , bien por reclamacion de derecho ( reincorporacion) o bien subsidiariamente por despido improcedente.3-  Tiempo de espera si te los pagan,,,,yo entiendo que sigues en suspension estos dias y siendo asi no te tienen que pagar nada.. Pero eso lo puedes verificar en la web tu seguridad social, a ver si apareces de alta, que lo dudo.4-  Tema seguro de vida o accidentes empresa,,, si no te facilitan la poliza, mirate tu convenio, y ahi te tiene que aparecer si se contempla alguna compensacion por IPT o IPA, si solo es por accidente o enfermedad profesional, o lo que sea,, hay muchas variables,, Pero en el convenio te tiene que venir especificado en ese seguro las contigencias que te cubre, las que no esten reflejadas por omision , es que no estan cubiertas.Yo creo , y solo es mi opinion que muchas empresas dada la poca informacion que hay de la modificacion del articulo 49.1 del estatuto, Se cubren las espaldas haciendo el reconocimiento medico ( llamese paripe)  para concluir en un NO APTO y eso que tienen adelantado, Y lo curioso es que he leido casos que la empresa lo esta haciendo aun teniendo esa reserva de puesto de trabajo ese trabajador, cuando ahi no cambia nada la nueva ley...Pero asi demuestran curandose en salud que o bien han atendido la peticion del trabajador o lo han ofrecido por voluntad propia, ese paso previo a la reincorporacion que es el reconocimiento medico.Ah, dices que se estar roneando mucho con lo del seguro, posiblemente es que si este contemplada la bonificacion por IPT sea por la contingencia que sea, si solo fuera por contingencia profesional o solo fuera por IPA entiendo que ya te lo habrian dicho en la primera llamada.Un saludo
Ludwigvan 12/04/25 12:36
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
A ver, yo no digo que prefiero o deseo que sea asi, que por defecto una resolucion sin reserva conjuntamente con un NO APTO ,NO implique directamente una indemnizacion,, sino que creo que se tiene que cumplir algunos requisitos.. Luego esta el sentido comun... que dice por una parte que habria discriminacion para los que si tienen esa reserva, que podrian cumplir los dos años luego quitarles la pension o no, y en ningun caso una indemnizacion, luego estan los pequeños empresarios que son los que mantienen este pais (no lo olvidemos) con sus impuestos,, autonomos que tienen un pequeño bar , una pequeña tienda o una parada de un mercado, etc,,, si esas personas tienen que indemnizar a alguien forzosamente porque es imposible su reubicacion, y esa persona tiene cierta antiguedad, muchos acabarian teniendo que cerrar el negocio,,,( de ahi el requisito de los ajustes razonables), Por otra parte no hay que olvidar que esto actualmente y de siempre ha estado asi, extincion por IP sin reserva, sin paro ,sin cotizaciones y extincion,,,no es nuevo, y aqui hablamos de una mejora que algunos se podran beneficiar y otros no, Ahora esta por ver si es una hipermejora ( indemnizacion por ineptitud con un no apto, si o si, sino hay reubicacion) o simplemente una mejora ( cumpliendose una serie de causisticas).Y si entramos a debatir las injusticias de una IP, para mi las mas grandes son , el no cotizar estando de IPT, Y sobre todo perder el derecho al desempleo generado por el calculo de esa IP,  que en caso de retirada no puedes recurrir a el sino has trabajado con esa IP,  sino a algun subsidio de 480 euros... Pero es que esto esta asi desde siempre, Vamos a ver como queda en el BOE y como se interpreta todo, que esa es otra....CIertamente una IPT nunca fue un camino de rosas, es una situacion sobrevenida que hay que afrontar que nunca estaras mejor que antes , generalmente economicamente tampoco.A ver como queda redactado y no dejan mucho lugar a interpretaciones, y ojala haya una indemnizacion por defecto aunque considero que la tendrian que tenerla tambien los que tienen reserva de puesto de trabajo ,si pasan esos dos años, y eso esta claro que no es asi.y que tampoco seria muy viable para el pequeño empresario.Un saludo
Ludwigvan 12/04/25 09:50
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Jaime, mi intencion no es desilusionarte, pero para que te indemnicen por esa ineptitud sobrevenida, lo primero es que en tu resolucion no debe aparecer que se prevee mejoria y tienes reserva de puesto de trabajo, porque si es asi, seguiras en periodo de suspension con reserva de puesto, como es actualmente,, eso no cambia. Y por otro lado, si dices que la empresa puede demostrar que no tiene puestos de trabajo para ti, entre otras cosas porque los que tiene estan cualificados, Aun no teniendo esa reserva de puesto, no tengo tan claro que deban indemnizarte , habra que verlo como queda el asunto, pero yo mas bien entiendo que si la empresa no ve claro que no puede demostrar esos ajustes razonables y la posibilidad de tu reincorporacion, entonces si, te deberian despedir o reubicarte, En todo caso no te beneficia que digas que la empresa puede demostrar que no tiene puestos de trabajo para ti y no puede hacer esos ajustes razonables, te beneficiaria lo contrario, la posibilidad de que los hubiera,,.Y sobretodo, si tienes la reserva de puesto de trabajo, esta reforma del estatuto , no cambia nada, solo en caso de no tener esa reserva lo que antes era extincion( sin despido objetivo), ahora tendra 2 vias, o reincorporarte o la empresa tendra que demostrar que no existe un puesto compatible con tu patologia aun con ajustes razonables, sino lo puede demostrar ahi si tendra que despedirte y cobrarias tu indemnizacion por despido objetivo..Como ejemplo para que lo entiendas mejor,  pongamos una parada de fruteria en un mercado, 4 puestos en total, ninguno compatible con tu patologia ,aun con ajustes razonables,  Si ese pequeño empresario lo puede demostrar, no creo que te correspondiera ninguna indemnizacion. Luego el derecho a poner demanda y que vea la viabilidad un abogado, siempre esta ahi.En definitiva, yo creo que UN NO APTO, en caso de no tener reserva, no tiene porque automaticamente ser un despido objetivo, porque sino las pequeñas pymes se arruinarian, tienen que cumplirse cierto requisitos para que asi sea. De todas maneras aun no esta claro como quedara reflejado en el BOE, yo hablo de sentido comun y como creo que quedara al final,, Pero habra que verlo definitivamente.Un saludo
Ludwigvan 12/04/25 09:18
Ha comenzado a seguir al usuario Jaime197
Ludwigvan 11/04/25 23:43
Ha recomendado Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total de Peter69
Ludwigvan 07/04/25 08:58
Ha comenzado a seguir al usuario Alfon1974
Ludwigvan 31/03/25 09:39
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Tambien tienes la opcion de esperar a que te llegue esa resolucion , que en teoria siempre debe llegar... aunque pasen los 135 dias habiles de largo, y a partir de que te llegue si sigues con la total, y tu intencion es reclamar absoluta, debes poner reclamacion previa desde que recibes esa resolucion hasta un plazo maximo de 30 dias habiles. Esto ya depende de tus intereses en manejar los tiempos.
Ludwigvan 31/03/25 09:32
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Joaquin, debes contar desde la fecha en que te iniciaron expediente de revision, 135 dias habiles,, si dices que han pasado 6 meses debe de estar apunto de cumplir ese plazo sino lo has cumplido ya,,, cuenta los dias habiles.. Y a partir de ahi se puede considerar silencio administrativo, indiferentemente te contesten mas para adelante,,,No es un silencio administrativo negativo como tal,  pero si te da la posicion legal de iniciar una reclamacion previa y posterior demanda, reclamando la absoluta como es tu caso.En el transcurso de esa reclamacion es  posible que te llegase esa resolucion, si estas conforme pues lo dejas ahi.. Y sino lo estas te tiene que llegar la contestacion a esa reclamacion en 45 dias habiles... Pero vaya, si dices que lo han iniciado de oficio , por mejoria segun ellos, se entiende,,, raro es que te suban de grado de oficio, su intencion inicial siempre es bajarla o quitarla...Un saludo
Ludwigvan 20/03/25 23:34
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Te dejo enlace donde  explica muy bien todos los cambios, tu fijate sobretodo en la tabla donde pone ley 2023,,, Y ahi veras claramente los beneficios de una incapacidad permanente en la actualidad. Que de manera resumida son los fiscales que han existido siempre, mas los laborales donde ese 33% esta equiparado a la discapacidad.https://www.campmanyabogados.com/blog/la-nueva-ley-de-empleo-cambios-incapacidad-discapacidad-en-2023Edito: Pon en google Centro especial de empleo por tu zona,, y con tu incapacidad tendras los mismos derechos que con discapacidad para poder entrar. 
Ludwigvan 19/03/25 23:01
Ha recomendado Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total de José Luis 54
Ludwigvan 19/03/25 20:29
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Claro le llego que no se preveia mejoria antes de dos años y seguido viene que no tienes la reserva de puesto de trabajo,,,, es una frase estandar,, Lo que queria que me confirmaras es eso que en tu resolucion no aparecia que no tenias reserva,,,Aclarado..Y luego ya ,antes de que me contestaras mire tus intervenciones en el foro, y vi que pasaste tribunal en Marzo 23, y te llego la resolucion 3 meses despues, o sea en junio, Luego comentas que la posible revision la tenias a partir del 1/3/25,  en definitiva la posible revision la tenias antes de los dos años no? No pasabas de los dos años..
Ludwigvan 19/03/25 20:01
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Me interesa tu caso porque es muy parecido al mio,, en tu resolucion no ponia nada de reserva de puesto de trabajo, ni que la tenias ni que no,, y en cambio a tu empresa si le especificaba que no se preveia mejoria y no tenias reserva de puesto de trabajo,, es asi no?Por otra parte,  preguntarte,, que fecha de efectos tiene tu IP ? con posible revision a partir del 1/3/25,  llegabas a los dos años? los pasabas?un saludo
Ludwigvan 19/03/25 17:09
Ha recomendado Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total de Peter69
Ludwigvan 14/03/25 15:05
Ha recomendado Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total de José Luis 54
Ludwigvan 14/03/25 10:03
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Acabo de encontrar jurisprudencia, miratelo por si vienen mal dadas..https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1246656Matizo, siempre que no hayas trabajado en algo incompatible, que no es tu caso,, un error de diagnostico, y no se si alguna cosa mas especifica.., Pero tienen que dejar claro que te revisan por X o Y motivo, no de oficio antes de tiempo sin motivo.Un saludoEdito:  En este enlace se explica mucho mejor.https://keyiberboard.com/actualidad/incapacidad-permanente-se-puede-revisar-el-grado-antes-del-plazo-fijado-en-la-resolucion-administrativa/
Ludwigvan 14/03/25 09:59
Ha respondido al tema Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Es que tu caso es muy raro, y yo sin entender de jurisprudencia, pero creo que en un juzgado anularian ese acto administrativo por defecto de forma, eso en caso de quitarte la IP...No han cumplido los plazos.
Ludwigvan 14/03/25 09:55
Ha recomendado Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total de José Luis 54

Lo que sigue Ludwigvan

Charo2
Soledadriosgomez1984
Kayuma