Me refiero a la primera opcion que dices,, y ademas luego una vez en la baja que estas esperar a que pase del año y esta vez solicitar tu la IP, no esperar a que te lo abran ellos de oficio a partir de los 18 meses, la demanda que ya has puesto previamente seguira su curso,,,... Y a lo que dices que tendra en cuenta el Juez si pones demanda ahora,, sera exclusivamente lo que aportaste en esta denegacion y en la reclamacion previa que pusiste, absolutamente nada mas,,,claro esta que el informe del perito si sera mas acutalizado y lo que ponga se tendra en cuenta tambien porque hablamos de las manos en concreto, pero si tu denegacion ha sido por carpiano, y en tu reclamacion no mencionas la rizolisis,,si luego te operan de rizolisis eso no lo tendra en cuenta el juez,, porque seria indefension del inss, que al no conocer tu dolencia, no te ha evaluado por esa , sino por las que has aportado,,, No se si me explico... La reclamacion previa es muy importante , lo que ponga ahi sera lo que tenga en cuenta el juez, mas todo lo anterior a la denegacion,,,Luego el perito te evaluara las manos, y como todo es de manos, emitira su informe,,... Tu imagina que en vez de manos,,es un pie, y no aparece en la reclamacion previa, y pierdes un pie, una amputacion,, en el transcurso de la demanda, el juez no tendra en cuenta tu amputacion de pie, sino se envio esa informacion minimo en la reclamacion previa...Y el perito puede peritar el pie, pero no serviria de nada...De todas maneras, te aconsejo que hagas una consulta con un buen abogado especialista en S.Social,, y el viendo tus informes, la reclamacion previa,etc,, te orientara mucho mejor, entre otras cosas porque el conoce tus informes, para poder decidir si la demanda de ahora seria viable o no....Y incluso preguntarle si a posteriori seria buena estrategia volver a solicitar la IP, aportando todo lo restante que no aparecio en la reclamacion previa,, un saludo