Si debes a la seguridad social ,,, Irán subiendo intereses ,,, Cuando menos lo esperes ,, Te embargan , nómina , cuentas, vehículos, vivienda, así asta cobrarse ,,, Si no , cuando te vallas a jubilar , te pedirán estar al corriente con ellos , esto no prescribe , al revés,, suma , Aplazarlo, cómodos plazos , aunque sea 1 céntimo , es intención de pago , no crea intereses , claro , ellos te van a poner x números de cuotas , pero aunque pagues menos de lo que te exigen,,, mientras todos los meses hagas transferencia,, significativa,, Es suficiente , como para no generar más intereses ,, Es la seguridad social , se junta con la tributaria ,,Y entonces ,las declaraciones ,,, Embargadas , cosa que te obligan para mantener el imv, los cheques de 200 euros , te los embargan , el bono de la luz ,, te lo embargan ,, Si puedes reclamarlo por que son ayudas mínimas y te lo devuelvan ,,todo papeleo y vueltas ,,,, asta que estés a 0 con ellos ,, Cuando solicitas ayudas ellos la aprueban , ok ,La letra pequeña , dice que debes comunicar el cambio económico que tengas , El desconocimiento, no te eximen de cumplir , Total ,,, cuando veas una carta , con un costado negro (creo que ya no son así)Antes de abrirla , acuérdate de lo que dice el compi ,,, Eso sí no dejan de pagarte el imv por la deuda, ,,Consejo,,,, , pago aplazado si te exigen cobro indebido si no puedes en ese momento pagarlo ,He escrito el Quijote, y estoy con la duda, si será de broma , lo que dice.Felicidades a los que os han pagado lo que os pertenecía, que es vuestro,