Primero de todo te diré que no soy ningún entendido.
Yo lo que entiendo es que :
- Sí decides irte antes de finalizar el contrato pero apartir de los 6 meses de inicio del desistimiento que marca la ley (Artículo 11 Desistimiento del contrato);
* Tienes que pagar 1 mes por cada año de contrato que quede o, si quedara menos de 1 año, la parte proporcional.
*Avisar con antelación mínima de 30 días.
-En cuanto a la duración mínima legal que indica , entiendo que se refiere a los 6 meses de desistimiento
(Artículo 11 Desistimiento del contrato):
"El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses,"
Y en ese caso además de 1 mes por año de contrato , o si queda menos la parte proporcional..., tendrías que pagar todas las rentas restantes pactadas en el contrato.
Ejemplo:
1 años de duración, 300 euros mensuales, me voy al mes siguiente:
**Irte antes de iniciarse el plazo para desistir(-6 meses):
275€ (300€/12mes*11 meses restantes) + 3300€ (11 meses X 300€)=3575€
** Irte después de haberse iniciado el plazo para desistir(6 meses o más):
275€ (300€/12mes*11 meses restantes)
-Entiendo que cuando dice "plazo mínimo legal" se refiere al plazo de desistimiento,porque la ley no lo marca:
"«Artículo 9 Plazo mínimo
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes"
-"De qué sirve entonces el aviso de 30 días del primer párrafo? "
Lo dice la ley y le gusta a nuestro "León-Arrendador".
-"En este caso, en relación al final del primer párrafo, cada año que reste por cumplir, si es de un año, serían meses, no? No sería referido a los 3 años, sino a uno."
*Depende. En principio acordáis 1 año de contrato pero la ley dice... («Artículo 9 Plazo mínimo
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo."
*O sea, salvo que "el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo", tu contrato sería de 1 año con las indemnizaciones de 1 año, pero Tú por ley tienes derecho renovarlo hasta cumplir 3 años, por tanto habría que ajustar las indemnizaciones al "nuevo contrato" a menos que avises con 30 días que te vas...
-En cuanto a los suministros, opino igual que Tú. Que cachondo el "León-Arrendador".
He intentado plasmar mi opinión de la forma más clara posible. Intenta modificar el contrato , por lo menos, la de los suministros... Suerte.