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Participaciones del usuario María Blanco Martínez - Impuestos

María Blanco Martínez 10/04/19 17:15
Ha respondido al tema Impuestos
Buen día Rosa,  imagino que deberá pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR), por lo que deberá declarar sus ganancias en la declaración de la renta, y el impuesto a pagar se calculará en función de las ganancias que obtenga. Si tiene alguna duda de cómo hacer la declaración de la renta, puede leer nuestro post sobre la  Operación Renta 2019 - SII.  Un saludo!
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María Blanco Martínez 10/04/19 16:52
Ha respondido al tema Saldo a favor mayor a 50 mil pesos por el SAT
Buen día Liebano,  lo único que sé es que si tienes saldos superiores a 50,000 pesos a cobrar en concepto de devolución del SAT deberás solicitarlo con la e-firma, pero desconozco si tienen que entregar otro tipo de documentación. Hay algún usuario que sepa algo más? Un saludo!
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María Blanco Martínez 14/03/19 14:30
Ha respondido al tema Duda declaracion
Hola de nuevo, Si presentas alguna de las siguientes condiciones deberás realizar la Declaración Anual de Personas físicas con ingresos por salarios: Si has obtenido ingresos por más de 400,000 pesos. No obstante, este año, si obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón, siempre que te haya emitido comprobantes de nómina por la totalidad de los ingresos, no estás obligado a declarar.​ Si terminaste de laborar antes del 31 de diciembre del año en curso. En caso de laborar en el año con dos o más patrones de forma simultánea.  Si recibiste ingresos adicionales a los salarios como ingresos por arrendamientos, actividades empresariales... En caso de recibir ingresos de empleadores que no están obligados a practicar retenciones. Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.  Puedes consultar alguna otra duda en nuestro post  Declaración Anual para Asalariados 2019: SAT Móvil -SAT. También te dejo el enlace sobre ¿Cómo presentar mi declaración anual 2019 - SAT?, para que puedas checar si es esta la declaración que debes hacer. Espero te sirva de ayuda. Un saludo, María.
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María Blanco Martínez 11/03/19 15:18
Ha respondido al tema IVA a pagar por venta de activo fijo vehículo en México
Hola Alejandro Mtz.,  Primero aclarar que solo deberá aplicar el IVA si usted se dedica a la venta de vehículos, tanto nuevos como de segunda mano. Si usted es un particular y no hace negocio con la compra-venta de vehículos, no debe aplicar el IVA. Supongo que usted no se dedica a la compra venta de vehículos, porque lo vende a un precio menor de lo que le costó, por lo que no está haciendo negocio con esa venta. ¿Es así? Espero haberle servido de ayuda.  De cualquier modo, el IVA de la operación se calcularía de la siguiente forma: Realizar la diferencia entre el precio de venta y precio al que compró el bien. Sobre el monto restante aplicar el % de IVA, y añadir dicha cantidad al precio de venta.  Un cordial saludo,  María. 
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María Blanco Martínez 11/03/19 15:02
Ha respondido al tema Remesas
Hola Ora Ayanti,    Solo deberá declarar aquellos ingresos por préstamos, premios y donativos (entendiendo por donativos los recursos transferidos pro familiares a una persona), que excedan de 600,000 pesos. En caso que no se rebase este monto, no es obligatoria su notificación pero nunca está de más informarlo al fisco.  Si deberá declarar la compra de bienes, como lo sería la compra del terreno y especificar de dónde proviene el dinero con el que lo adquirió, aunque al no exceder la cantidad mencionada, no debería tener ningún pago de impuesto.  Un cordial saludo,  María
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María Blanco Martínez 11/03/19 14:59
Ha respondido al tema Duda declaracion
Hola Cristisabedra,  El tipo 1 de su imagen (Declaración anual de personas físicas con ingresos por salarios) está dirigido a Personas físicas asalariadas de los años 2014, 2015, 2016 y 2017,  que hayan obtenido sus ingresos exclusivamente por salarios, y sirve para registrar los ingresos por tu salario, tus deducciones, realizar el cálculo del impuesto anual, presentar en ceros, pagar o solicitar tu saldo a favor.  En la opción 2 (DeclaraSAT) está dirigido a personas físicas con el objetivo de presentar su declaración anual de ISR.  Deberá elegir en función de las características propias que coincidan con las de cada opción.  Un cordial saludo,  María
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María Blanco Martínez 11/03/19 14:51
Ha respondido al tema Deducir impuestos con seguros de gastos medicos para diabeticos
Hola Mosy15,  sí existe la posibilidad de deducir gastos médico, te dejo un artículo con información que seguro le será de utilidad:  ¿Cómo deducir honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios en mi declaración anual - ISR?.  Un cordial saludo,  María. 
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María Blanco Martínez 12/02/19 16:31
Ha respondido al tema Deducibles ISR para Declaracion Anual. Perdona Fisica
Hola de nuevo J.Arturo,  son solo algunos de los pensionistas y jubilados los que quedan exentos del pago del ISR, como podrás comprobar en el artículo  Declaración Anual para pensionados y jubilados, sólo para algunos. En este se explica que la cámara de diputados a aprobado que aquellos pensionistas y jubilados con unos ingresos inferiores a 38 mil 020.50 pesos quedarán exentos del pago de impuestos.  Un saludo. 
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María Blanco Martínez 12/02/19 15:56
Ha respondido al tema ISR del plan personal de retiro
Hola Jgsantiba,  creo que se te cobra el 20% sobre los rendimientos que has generado a lo largo de los años si has retirado el dinero al llegar a los 65 años, siempre y cuando hayan sido generados por al menos 5 años. Si el periodo de tiempo ha sido menor, se te gravará con un 29% sobre los rendimientos generados.  Saludos!
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María Blanco Martínez 11/02/19 16:42
Ha respondido al tema Duda de deduccion de ISR
Hola Juan Victor,  Yo creo que gastos de transporte como asalariado no son deducibles en el SAT, pero sí lo sería el pago de transporte escolar de un hijo. Por otro lado, sí que existe la deducción del gasto por gasolina, pero para beneficiarte de esa deducción, el gastp de gasolina debe ser imprescindible para realizar tu actividad empresarial. Además, deberás cumplir los siguientes requisitos para que se te aplique la deducción:  - Estar debidamente registrado en Hacienda como una persona física y cobrar por honorarios o actividad empresarial. - Realizar el pago de gasolina con un cheque de nómina, tarjeta de crédito, o mediante un monedero electrónico de combustibles autorizado por el SAT. Después deberás pedir la factura electrónica, que se usará para comprobar y deducir los pagos.  Un saludo!  
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