No se la abonan el día 1. Se la abonan el último dia del mes con fecha valor el 1 y, ahí, en ése día, es dónde le cobran. Qué yo, personalmente, sigo pensando que es un abuso total
Muchas gracias por sus consejos. Pero quiero aclararle unas cositas.
1 Yo no le debo ni un sólo mes a la arrendadora
Ya muchos arrendadores quisieran tener una inqulina como yo, vamos!!! Se lo certifico.
Por lo tanto, sigo diciendo que es un capricho de su hija venir para mi piso, teniendo uno que es de su madre.
Otra cosa, la cláusula de largar al inquilino si necesitas la vivienda para tu uso o de tus familiares, hijos etc,siendo propietaria de 4 viviendas, en una vive ella y en las otras 2, las hijas en cada una y, que solo tiene alquilada la mia, puede resultar abusiba. Ojito!! que aquí aun no está todo dicho,
En todo caso, gracias.
El piso es mío en cuanto pago mis mensualidades clavadas y, cuando se me acabe la prórroga me iré y, entonces volverá a disponer del piso. Para mi, tambien existe la ley, no solo para el arrendador.
Pero: fíjese lo que dice usted (el piso es de ella) sigue existiendo la descriminación hacía las personas que por razones de la vida, no nos merece la pena comprar vivienda. A mi las cláusulas que tiene el contrato, las firmé libremente, no me obligaron. Yo pedí destino para mi ciudad, me lo dieron y la arrendadora sabía que yo quería el piso para largo plazo, por lo tanto, no sé quien de las dos tiene más razón, pero, de lo que no tengo ninguna duda, es que, yo, fui mas legal con ella que ella conmigo. No puedo ser más contundente.
Curioso no!! Curiosisimo. Pues te aseguro que motivos, en mi contra, ninguno. Voy a esperar a cumplir la última prorroga.
Es que ella ya quería el piso ahora, ya quería que me fuera antes de terminar. Y puse mal la fecha del contrato, fue en el año 2009 no en 2008.
Y si quiere, que me denuncie.
Cuando me lleve a juicio, espero que le preguntarán porqué me denuncia.
¿Por impago de alquiler NO?
¿Por impago de suministros NO?
¿Hacer escándalos en la vivienda NO?
¿Maltratar la vivienda No?
Entonces le dira al juez o al secretario judicial: Quiero echar a mi inquilina y que vaya mi hija a vivir al piso, ¡¡tengo más pisos pero, mi hija quiere el piso de la inquilina y, la quiero largar!! Pero... en que mundo vivimos!!!
Bueno, gracias por vuestra ayuda
Leo todas las respuestas
Muchas gracias Juan sin tierra. En efecto la prórroga se me acaba en noviembre.
Lo que yo me temo es que, la hija viene para el piso que estoy yo y, en el que vive ella, lo alquilan.
De lo que estoy segura, es del engaño de la arrendadora, porque, cuándo alquile el piso, lo primero que le dije fue que amí no me gustaba andar cambiando de casa y, quería un piso de larga duración; a lo que ella me contestó " por ese lado, puede estár usted tranquila que yo no necesito el piso, porque ya le compré uno a cada hijo y, esta renta la quiero para una ayuda en mi jubilación.
Y ahora me encuentro con que, recien operada tengo que enfrentarme a una mudanza.
Bueno, no lo lío más, gracias de nuevo
Pero tengo esa cláusula que: si necesita el piso para ella, o, para alguno de sus hijos, tengo que dejarle la vivienda. ¿Está cláusula es de cumplimiento, aúnque la propietaria ya tiene un piso para cada hijo. Quieren que me vaya yo y después alquilan el otro piso? De verdad, ¿Ésto es legal? O es un abuso.
Gracias Zeros por contestarme.
Siempre tenemos que ser los inquilinos, los que pagamos los caprichos de los propietarios.
mi sobrina tiene más de 2 años de carnet, es que sigo sin entender, y no es por pagar, porque de ser así, mi hermana no hubiése ido al seguro. por eas parte no hay problema.
Ese Y/O, entoces para que lo ponen
Buenos días: Una duda: En una póliza de seguros de automóvil, en las condiciones generales pone que: el tomador se compromete a no dejar conducir a personas con menos de 2 anos de perniso de circulación Y/O con menos de 25 años de edad.
Que significado tiene este Y/O, porque a mi ententer es ; o una cosa o la otra.
Os lo pregunto porque, mi hermana quiere incluir a mi sobrina en la póliza de su coche y, la chica tiene 5 años de permiso de circulación y cumple los 25 años en diciembre, por lo cual su aseguradora la obliga a pagar un suplemento. Si en su póliza pone lo arriba expuesto, ¿Es legal que le hagan pagar un suplemento?.
Porque la expresado en la póliza Y/O, mi hermana entiende y yo también que se refiere a, un requisito u otro, porque, de lo contrario, tendría que poner (más de 25 años y más de 2 años de pèrmiso de circulación.
Si alguno de Ustedes sabe decirme algo, os lo agradecería enormemente.
Gracias de antemano
por sus comentarios,Emmamani me parece que tiene tirria contra mi. A veces se pueden decir las cosas con un poco màs de delicadeza. Que negativo/a es, si tengo que pagar algo de mi bolsillo, lo pago OKEY, pero voy a intentar que no se rian de mi.
Espero que te quede claro de una vez.
Gracias Feriante,