Buenas tardes,Una duda...He cobrado unos dividendos de unas acciones de las que soy cotitular con mi cónyuge. Cotejando con los datos fiscales del borrador de la renta veo que la agencia nos computa el total de los dividendos percibidos a ambos cónyuges al 100%(en la tributación por separado). Es esto correcto? Tendríamos que tributar cada uno por la mitad ya que somos cotitulares? De esta forma, si tributamos los dos al 100%, realmente sería como si hubiéramos cobrado el doble...Muchas gracias,Un saludo
Vale, gracias por la información. Seguiremos atentos a los detalles que irán saliendo.Lo que tengo claro es que no es de las mejores soluciones posibles para atajar el problema de la vivienda en España.Un saludo!
Es que he leido que el aval del ICO en realidad se materializa como un préstamo, por lo que por un lado habría que pagar al banco acreedor la hipoteca por el 80% del importe y por otro lado al ICO por ese 20%. También he leído que el préstamo del ICO va a ser a un 7,5%, aunque no en un medio oficial.En fin, de momento la información está muy difusa. Si es como indico arriba, el cliente acaba pagando dos pisos en vez de uno. Ruina!!
Buenos días,¿Cómo se materializa el aval del ICO? ¿Realmente sería como contratar una hipoteca del 100%, no? Con lo que conllevará eso en término de pago de intereses.Si se impaga, ¿la deuda es del cliente, verdad? El ICO no se haría cargo de la parte proporcional de la deuda.Me surgen tantas preguntas pese a que esta medida se anunciara meses atrás... que si cualquier ''experto'' en el tema pudiera explicarlo detalladamente se lo agradecería enormemente.Muchas gracias,Un saludo
Más que un fondo en sí, lo que marcará la diferencia en cuanto a seguridad y rentabilidad será la estrategia.Si me mandas mensaje privado te puedo comentar con mayor detalle.Un saludo
Yo no me lo pensaría y me marcharía a otro banco. Además ahora el cambio de hipoteca variable a otra hipoteca no conlleva comisión alguna.Si te interesa podemos hablar por privado.Un saludo
Yo lo entiendo así también, @chumpeter. De hecho al final, acudiendo a la oficina bancaria con el RDL en la mano, he conseguido que al cancelar mi hipoteca no me cobren nada, pese a que en la escritura ponía claramente que cancelar tenía coste.
Buenos días,Me quiero sacar el EFA. La duda es si hacerlo examinándome a través de EFPA (y preparación por diferentes vías) o si hacer la preparación y el examen a través de la UPV. ¿Alguien que conozca algo sobre esto y pueda orientarme sobre pros y contras de cada opción?Muchas gracias, saludos
Gracias por tu magnífica exposición, entendido todo. Pero una duda adicional, ¿Cuáles serían los límites que impone el RDL? Porque leyéndolo no he visto ningún requisito más que que se trate de una hipoteca de tipo variable, que la cancelación se produzca en 2023 y que la entidad en cuestión esté adherida al Código de Buenas Prácticas (que en este caso es así).
No es ni mejor ni peor. Simplemente depende, entre otros factores, de la tolerancia que tú tengas a la variabilidad de la cuota a pagar.En este momento las fijas se han encarecido mucho (y la mayoría de los bancos ni siquiera las ofrecen ya), por lo que puede ser interesante decantarse por una variable y en unos años quizás novarla a una fija.Como ves, en mi opinión no hay una respuesta estándar a este tipo de preguntas que todo el mundo se hace actualmente...