Hay muchas maneras de “vengarse” sin que lo parezca. Alargando el despacho hasta el último momento, por ejemplo o alargándolo solicitando documentación ya aportada. No es paranoia, ya me ha ocurrido. A mí y a otras personas. No me había importado hasta ahora porque tanto me daba que inscribieran antes o más tarde, pero en este caso, estoy en proceso de compraventa, y si alargamos más los plazos, puedo perder a los compradores.Por otro lado, me parece muy injusto el proceder de este registrador y pienso que si nos callamos, nada va a cambiar. Así que cuando acabe la venta, quisiera presentar una queja. Muchas gracias.
De acuerdo. Pone que en el de Cataluña. Lo que me fastidia, es que estoy pendiente de que ahora me hagan otra inscripción y me da miedo de que si reclamo, paren lo pendiente. Hubiera querido reclamar más adelante.Muchas gracias
Lo tengo verificado pero he tenido que pagar, porque de otra manera, no me mandan nota simple y no puedo verificar si se ha inscrito bien un exceso de cabida.Son 15 días normalmente, pero este verano les han dado 30 días hábiles, y ni así.Además, emitieron un certificado de apertura de expediente de dominio al notario que contenía errores, se negaron a arreglarlo y luego me mandan una factura de 50 euros por ese certificado negando que hubiera error alguno.Todo un despropósito.Si alguien me puedo informar sobre cómo debo proceder para enviar una queja formal sobre todo lo que ha ocurrido, le estaré muy agradecida.
El concepto está claro. Como digo, despacho fuera de plazo.No voy a ir a recogerla porque vivo lejos, con lo que me la mandarán por correo electrónico.
Gracias por la respuesta.Lo del poder lo descarto, dado que no conozco a nadie que resida allí.El comprador ha solicitado hipoteca y media hora antes, realizarían transferencia a través del banco de España. También asistiría la inmobiliaria a la que he contratado.Lo que me sorprende e inquieta, es que no esté recogido este tipo de gestión en la Ley del Notariado.
A ver, si observara sólo beneficios, no hubiera preguntado sobre pros y contras.Por otro lado y me habré explicado mal, no es que otorgue ningún poder. Se trataría de que el mismo día y a la misma hora, el comprador estaría ante el notaio de su localidad y yo, como vendedora ante un notario de la mía. Se haría el acto de compraventa por medio de videoconferencia, en la que el primer notario leería la escritura, la mandaría al segundo y yo la firmaría.
Bueno. Pues me cobraron una pasta. Entre entrada de nuda propietaria, entrada de usufructuario, no sé qué de excesos de cabida, anotar o quitar cargas, etc, un pastón.
Ah! Pero el coste de quitar o poner una nota en registro sobre usufructo, va en función del porcentaje del mismo? Yo creía que cobraban simplemente por la anotación.
De barato nada jjejejeje. De ahí que lo plantee.pero bueno, si puedo registrar alguna propiedad y no todas, ya me doy con un camto en los dientes.Muchas gracias por tu aclaración.