La forma en la que se presentó la declaración en años anteriores no influye.Si tu marido ha tenido 2 pagadores y entre los dos no supera los 14.000€ no está obligado a presentarla.
Todo residente español debe declarar sus rentas mundiales independientemente del país donde las haya obtenido.La AEAT te informó bien.Respecto a la exención, tienes que consultar el convenio entre ambos países ya que ahí tal y como afirmas, te lo indica.
Las fechas y valores de adquisición de los inmuebles en gananciales y heredados de mi madre ha de ser la de compra en gananciales y la de aceptación de la herencia de mi abuelo por parte de mi madre. Es correcto como lo indicas.
La AEAT indica: Rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.) y ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversión, premios por la participación en concursos o juegos, etc.), sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.Cuando la base de retención no se haya determinado en función de la cuantía a integrar en la base imponible la ganancia patrimonial obtenida procedente de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva no podrá imputarse como ganancia patrimonial sometida a retención o ingreso a cuenta a efectos de los límites excluyentes de la obligación de declarar.
El impuesto de sucesiones y donaciones está cedido a las Comunidades Autónomas, intenta consultarlo en la página web que corresponda a la tuya.En algunas se paralizaron los plazos y se han vuelto a retomar con el fin del estado de alarma.
Los rendimientos que se obtienen del alquiler de inmuebles se declaran como rendimientos del capital inmobiliario. Pero si él también es propietario ya es más follón.En cuanto a contrato y demás, intenta consultarlo con un abogado o asesor.