Muchas gracias Juan, por tu ayuda, pero, a que te refieres con " Si se hace de acuerdo con los procedimientos legales", no entiendo a que te refieres; me lo puedes explicar. Gracias por adelantado.
Yo creo que NO, ya que los hijos son los herederos, a no ser que quiera modificar algo en su testamento o beneficiar a algún hijo.Vd. podrá modificar su testamento las veces que quiera, teniendo en cuenta que el testamento que vale es el ultimo.Salvo mejor opinión.Saludos
Muchísimas gracias Juan por tu gran ayuda. El caso es que llevo varios años haciéndolo mal, bueno, nunca es tarde.....Pero te hago otra consulta, si no es mucho abusar. Como tengo que hacer para que la declaración divida las cantidades por la 1/2, entre ambos conyuges.Saludos y buen día.
Muchísimas gracias por vuestra gran ayuda, la cual entiendo perfectamente, pero: Si no quiero que me devuelvan las cantidades pagadas de "mas", ¿donde van esas cantidades?, se quedan en poder de la SS y sirven como cotizaciones para la jubilación el día de mañana?, que pasa con esas cantidades ingresadas de mas?. Saludos y buen día.