Entonces las personas que tienen la deuda prescrita pueden impugnar ante un juzgado a todas las reuniones que asistan, ya que no le han dejado votar por una deuda prescrita que el juez dictaminara que esta prescrita y se tendrán que volver a realizar todas esas juntas de nuevo, ya que las decisiones tomadas no han sido justas. Con todo el inconveniente que ello conlleva y tampoco tienen porque pagar el abogado de la comunidad, ya que ellos pagan el suyo.