Bueno, he procurado ser benévolo. La orden de traspaso la dí el 17/01/2023 a las 11:09:06.Pero estamos en España y por en medio está la CNMV. Vamos a pensar que se debe a eso que dices de los ordenadores, de esa manera nadie tiene responsabilidad a nivel personal.De todas maneras, como información puedo decir que en números redondos, la compra me ha salido 3,5 € más cara por participación que si se hubiera hecho el día 19, 1,7 € más cara que si se hubiera hecho el día 25 y 1.- € más cara de haberse hecho el día 25. Pero eso no tiene importancia, va a cargo del cliente.
Ayer día 27 a las 17:11 recibí el comunicado de que el traspaso ya se había realizado.El valor liquidativo es de fecha 26, antes de ayer. Han sido 6 días hábiles.
El día 17 del presente mes, en Andbank, di orden de traspaso de un fondo a ese, el Hamco que citas.Del anterior salio el día 18. Hasta la fecha no he tenido notificación de que se haya realizado ya el traspaso.El 26 pregunté en Andbak puesto que ademas de ser la comercializadora es la gestora. Respuesta: que es un fondo español y que suelen tardar más que los extranjero. No me ha convencido, esperaré un par días más y si no lo hacen veré si cambio a otro fondo o de comercializadora.
No, no estoy seguro de eso. Me refería a si los herederos querían rescatarlo.Supongo que lo podrán heredar y dejarlo como está en la comercializadora que esté, pero no podrán hacer aportaciones. Si es así sin más requisitos, podrán rescatarlo cuando les apetezca. De lo contrario ya no me puedo pronunciar.Lo que si es cierto que deberán pagar por la aceptación de la herencia, si es que la aceptan, de lo contrario ya sabemos donde irá a parar.
Sin muchos conocimientos. Sólo con buena voluntad, permiteme decirte lo que yo haría:No lo rescataría en forma de capital porque en este caso, el palo al hacer la declaración del I.R.P.F. es considerable a pesar del dto. del 40 %.Si no tienes prisa en rescatarlo, me plantearía hacerlo en forma de renta.¿En cuantos años? Depende de tus necesidades. En 2.021 empecé a rescatar uno a nombre de mi mujer (me planteé rescatarlo en 5 años: 20 % el primer año, de lo restante el 25 % el 2º. año, de lo restante el 33,33 % el 3er. año, de lo que quede el 50 % el 4º. año y en el 5º. año el resto).Pero dado el comportamiento del 2.022, en ese año no rescaté. Esperaré mejores momentos si es que se presentan. Si en 2.023 se recupera haré lo previsto para el 2º. año, de lo contrario a primeros de diciembre decidiré que hago.Lo que si procuraré, es no dejarlo en herencia a nuestros sucesores, pues ellos tendrían que cotizar como rentas de trabajo y además todo de una sola vez, no de forma programada a lo largo de unos años.
Es que, mantener la independencia, a veces es muy duro y poco lucrativo. Por otra parte, a quienes no les importa poder mantener la palabra dada a pesar de los posibles pesares y mantenerse firme en sus convicciones previo estudio, si aplauden bien, ya tienen un buen trecho recorrido.
Con el permiso del Sr. Roca y el interés de descargarle de un poco de trabajo, supongo que se referirá a que el Sabadell, a través de su banca "on Line" sí tiene un depósito a plazo remunerado.Si no recuerdo mal a plazo de 1 año, creo que el 2 % con una imposición máxima de 30.000 €.Los números puede que no sean exactos.