Según dice en ING y Selfabank puedes renunciar a ellas rellenando un documento donde aparece un precio de venta a 1 céntimo. Quizás con eso si podamos tanto que desaparezcan como declarar las perdidas.
Entiendo que con la liquidación de la empresa si que se podrían compensar las pérdidas?Y la otra duda si alguien sabe, a que precio serían las pérdidas? Al precio cuando se suspendió?O es como si las hubieras vendido a 0?
Si no recuerdo mal había una fecha en la que se podía ya contabilizar como pérdidas, no se si era un año desde que se inscribia en un registro pero no lo recuerdo exactamente.Por casualidad no lo sabes?