Releyendome me he explicado fatal, disculpa.Queria decir que el dinero estaba en una comercializadora invertido en fondos de inversión, los reembolse y transferi el dinero a otra comercializadora donde suscribí nuevos fondos con el menor de titular igualmente.Lo de reembolsar los fondos fue porque no me quedó otro remedio queria decir, si no los hubiera traspasado y así evitar este problema que os planteaba.Declararías en este caso?A todo esto estuve leyendo que se estaba dirimiendo en el tribunal supremo si una donación por transferencia prescribia a los 4 años ya que no estaba claro. No sé si teneis noticias de esto.
Yo no he dicho que Hacienda no lo sepa sino que como dije antes me reclamen mas fácilmente haciendo la declaración que no haciendola.En cualquier caso entiendo que una paralela no sería no? Sino un requerimiento de pago del impuesto de donaciones
Pues sí seré un ingenuo, pero entiendo que será mas fácil que me hagan una paralela o me exijan el impuesto de donaciones si hago la declaración que si no, por eso preguntaba.Sino me equivoco en Extremadura es un 7,65% el impuesto de donaciones para esa cantidad.
200€ de Retención, disculpa que lo puse mal en el mensaje inicial. Soy el padre y la comunidad es Extremadura.El reembolso fue para traspasarlo a otra entidad, el traspaso no fue posible por un problema con las titularidades. La cantidad de total del traspaso fueron unos 4500 €.
Claro, es el miedo que tengo. Si sería mejor no hacer la declaración para evitar una inspección a pesar de que hayan recibido el aviso de las plusvalias de la comercializadora, y así al menos evitar llamar mas la atención.