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Olidoshnas

Se registró el 09/03/2023
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Olidoshnas 16/03/23 21:20
Ha respondido al tema Es compatible la deduccion por vivienda habitual y la venta de esta y la exencion por reinversion en otra vivienda.
Gracias por responder. Y si permaneci en la vivienda mas dias segun el contrato de compraventa que establecia el dia 15/10/22 como fecha de entrega cambian la situacion ?Y si no pues me toca calcular la cantidad a deducir porque el banco ,como has escrito, no ha indicado la cantidad a ese dia y la amortizacion por otra.Gracias
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Olidoshnas 12/03/23 10:07
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Buenos dias, @ainhoa66 :No me ha molestado en absoluto que reportara a los administradores de Rankia que eliminaran la imagen. No me di cuenta que contenía datos personales. Gracias.Si quiero quemar este cartucho y poder impugnar la minuta. Por que me da mucha rabia e indignación que te intenten engañar de esa manera, dan por hecho que la mayoría de personas no van a repasar la minuta y que no van a hacer nada. A cuantos les habrá hecho lo mismo?Y lo hare yo mismo sin la gestoria.Respecto a tus preguntas te digo:* El arancel 3.1 hace referencia a la descalificacion de vivienda de proteccion oficial ya caducadas hace muchisimos años. Y la base imponible es de 79.000 € que es el valor de compraventa en la venta del piso el dia 27/09/2022.* Es una unica finca registral pero con dos hipotecas. Ni yo ni mi esposa recordamos, hace muchos años ya, porque con BANKINTER se hizo otra hipoteca y no ampliamos la hipoteca que exisitia ya. Pero la realidad es esa.Y en cuanto a la minuta me he dado cuenta, pero no se si es cierto, que el arancel 4.2 nota simple inf. continuada he encontrado esto: D) NOTA SIMPLE INFORMATIVA CON INFORMACIÓN CONTINUADA. Rcorpme 21 octubre 2014 Por la nota simple con información continuada a solicitud del Notario, se cobra el doble de la cantidad fja señalada por el número 4.1f, de 6,01€, y como suplidos la cantidad que corresponda a los gastos que ha ocasionado la remisión de la nota por fax (por ejemplo, sería admisible la cifra minutada de 3€, dada su cuantía sensiblemente inferior a la fjada por Correos para la expedición de Burofaxes nacionales, según criterio comparativo que con RESOLUCIONES HONORARIOS 2013-2014 3939 relación a este asunto ya sostuvo el Colegio en este sentido, así como también la DGRN). Lo procedente sería que se minute separadamente el concepto nota simple informativa con información continuada por un importe de 6,01€ y como suplidos los gastos que le haya ocasionado la remisión del fax (3€). El obligado al pago de los honorarios devengados es el Notario que la solicita. Si no consta acreditado el pago al Registrador por el Notario que solicitó las notas, se puede exigir al presentante de dicho título.  Si es asi tambien habria un error  "aritmetico o material" en ese arancel ya que ademas los "suplidos" no llevan iva.Gracias y un saludo
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Olidoshnas 09/03/23 17:31
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Buenas tardes, @ainhoa66 Muchas gracias por responder tan rapidoAporto la minuta del registrador  POR PRIVACIDAD SE ELIMINA LA IMAGENLa minuta esta a mi nombre como puedes ver en la imagen. Ademas las hipotecas fueron concedidas por bankinter y se han pagado alli tambien sin ninguna venta de activos.En cuanto a razonar con el registrador, he hecho dos intentos uno presencial que me mando a una subordinada que solo me repetia que la minuta la realizaba un programa informatico del Colegio y al segunda por email pero no quiso entrar en el fondo de la cuestion y me indico que estaba fuera de plazo para impugnar la minuta.Como se dice en mi tierra, QUE CORAJE NO PODER IMPUGNAR.gracias 
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Olidoshnas 09/03/23 10:30
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Buenos días a todosA ver si me podéis ayudar, el 26/01/23 le pago la gestoría (Tecnotramit gestión) al registro de la propiedad una cancelación registral de dos hipotecas de Bankinter. Pero hasta el 27/2 por correo certificado no llego la documentación y por tanto la factura del registro. Quiero impugnarla porque me aplica el arancel 2.2 f en vez del 2.1g, pero el registrador me ha avisado que no cabe dicha impugnación por estar fuera de plazo. El toma como fecha la del pago de la minuta y no la otra del correo certificado.Puedo hacer algo o ya no tiene más recorridoGracias de antemano 
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