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16/03/25 05:31
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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A ver si alguien me aclara esta duda.Tengo una cuenta en la que los intereses se devengan diariamente, pero no se suman a la cantidad que hay. El pago de los mismos se hace a 31 de diciembre. ¿Esos intereses que pagan sólo un día al año hay que dividirlos por el tiempo en el que se han generado, días o meses, o como se pagan de una vez, como sobrepasa la cantidad mínima, hay que comunicarlo?Por ejemplo a del 1 de abril al 31 de diciembre en esa cuenta se habrían generado 1000 € de intereses que pagan ese día.¿Esos 1000 € hay que dividirlos entre el tiempo que se han generado, por lo que no llegarían al límite ningún mes, o se consideran pago único de diciembre y se tendría que comunicar?No sé si me he explicado.Gracias.