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pelas 22/11/24 16:16
Ha respondido al tema Ayuda.
Muchas gracias por tu aportación compañero, sí sí , me quedo claro desde el primer momento que hay que declararlos año a año , mi pregunta es: ¿qué sucede sí los declaro al cabo de 3 años a Hacienda cuando cancele el depósito?, ¿piensas que Hacienda diría algo o al ver que abono los impuestos sobre esos intereses no va a decir nada?, gracias.
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pelas 22/11/24 14:52
Ha respondido al tema Ayuda.
Gracias por tu respuesta compañero, efectivamente, al pasar ese año me han colocado un nuevo interés, pero no he tenido que contratar nada, se renueva automáticamente salvo que yo lo cancele, y los intereses no han pasado a la cuenta bancaria , mientras yo no lo cancele se renovaría año tras año sin parar. Y aquí mi duda y mi pregunta: ¿ crees que Hacienda diría algo si al tercer año lo cancelo y pago los impuestos de los intereses generados en esos 3 años? entiendo que no, ¿ no?,  ya que al fin y al cabo estás pagando los impuestos y tributando por los intereses del depósito, (mi pregunta va siempre desde la tesitura de que Hacienda no se percatara de dicho depósito en esos 3 años)Gracias 
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pelas 22/11/24 14:09
Ha respondido al tema Ayuda.
Si , lo he contratado a través de raisin, compañero,  es depósito a 1 año pero que por defecto se renueva automáticamente, salvo que tú lo canceles, y los intereses no pasan por la cuenta bancaria ni los puedes retirar salvo que tú canceles dicho depósito, ¿significa eso que podría declarar todos los intereses al final de ese tercer año a Hacienda?
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pelas 22/11/24 13:59
Ha respondido al tema Ayuda.
Gracias por tu respuesta, veo mucho que hay diferentes opiniones, algunos diciendo que hasta que no se cancela el depósito y pasan a cuenta bancaria dichos intereses y se retiran no hay que declararlos, y otras opiniones hablan de que hay que declararlos año a año, vaya lío
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pelas 22/11/24 13:56
Ha respondido al tema Ayuda.
Muchas gracias amigo por tu respuesta, el depósito está en un banco italiano, Vanca Progetto, ¿crees que pasaría algo si no declaro esos intereses año a año, y al tercer año cancelo el depósito y declaro los intereses de los 3 años a Hacienda?, supongo que al ver a Hacienda que lo declaro en ese tercer año y pago mis impuestos no va a decir nada ni habría sanción,  ¿no?.Gracias de antemano por tu respuesta
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pelas 22/11/24 13:50
Ha recomendado Re: Ayuda. de
pelas 22/11/24 13:11
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Gracias por tu respuesta Fran, bueno en este caso yo entiendo que sí sé pondrían en contacto con el INSS, yo no voy a decir que hay un error, declararía con justificante bancario "que el INSS me ha hecho un ingreso en concepto de atrasos", el problema vendrá cuando el SEPE me pregunte que "de qué año y de cuántos meses son esos atrasos" (para en caso de que sean de este 2024 se dividan esos casi 3000 euros para 6, 8 o 12 meses), y yo les responda "que no tengo ni la más remota idea" (porque es así, no tengo ni idea) ahí entiendo que ellos se pondrán en contacto con el SEPE, no para preguntar sobre un posible error, sino para preguntar "de qué año y a cuántos meses pertenecen esos atrasos" que me han pagado (el INSS aveces, paga atrasos de 1 año o 2 años atrás, y yo cobro el subsidio de 52 desde este julio), ¿no crees que dado esto se pondránen en contacto con el INSS?
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pelas 22/11/24 11:40
Ha publicado el tema Ayuda.
pelas 21/11/24 23:47
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Gracias Fran por responder, a Hacienda no habría que pagar impuestos ya que el ingreso mínimo vital está exento de tributación y ni me acerco a los 12.600 euros, donde si cobras más de eso de ingreso mínimo vital ya entra como rendimientos del trabajo, así que por el tema de Hacienda no me preocupa, hacienda tiene los datos de lo que yo voy a cobrar de ingreso mínimo vital durante este año 2024 , incluidos esos atrasos erróneos. En cuanto a lo de los datos erróneos con el borrador y el confirmarlos, a los que cobramos el ingreso mínimo vital si no pasamos de los 12.600 nos ponen la misma cuantía, yo he cobrado 100 euros al mes de ingreso mínimo vital durante un año, y otro año cerca de los 600 cada mes, y en ambas declaraciones de la renta aparece la misma cuantía citada de 5500 euros, quiero decir que no aparece en el borrador la cuantía anual que has cobrado de ingreso mínimo vital aunque hacienda la sabe y la tiene . El que me preocupa es el SEPE, así que voy a notificarles (ya que no ha pasado un mes todavía) presencialmente el cobro de esos atrasos en la nómina de octubre, indicándoles la cuantía exacta. Eso sí me voy a echar a reír como me pregunten de dónde son esos atrasos y de qué año o meses porque yo no tengo ni idea, y el INSS no te especifica ni te explica nunca nada de lo que te paga y por qué te lo paga,  así que que se pongan ellos en contacto con el INSS para preguntarles a ellos, yo a lo que le tengo miedo es a causar una extinción del subsidio de 52 años por NO NOTIFICA  algo, y ya que el SEPE se apañe con el INSS para saber de que meses y año son ¿Ves buena decisión esa?
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pelas 21/11/24 18:39
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Eso es otro tema , y no responde las dudas que yo tengo, estoy hablando del SEPE, no del INSS, lo que yo planteo no tiene nada que ver con el INSS y el ingreso mínimo vital. Cuando hay pagos indebidos por ellos son ellos los que los reclaman, y los que lo deben de reclamar, exactamente igual que cuando hay un pago que el INSS no te paga, pero te lo debe, eres tú el que lo tienes que reclamar, esto último me ha pasado a mí dos veces , y he tenido que hacer una reclamación previa a la vía judicial ,para finalmente el INSS abonar las cantidades que me debían, si no no las hubieran pagado, aunque como digo el tema del INSS y el ingreso mínimo vital es una cosa, y lo que yo planteo y las dudas que tengo tienen que ver con el SEPE y el subsidio para mayores de 52 años.Gracias por tu comentario.
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pelas 21/11/24 17:28
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Gracias por tu respuesta amigo, mi unidad de convivencia es única, solo yo, y efectivamente el ingreso mínimo vital ha metido la pata, dándome en el mes de octubre de forma errónea unos atrasos que no pertenece , en suma total casi son tres mil euros, por eso doy por hecho de que se darán cuenta y me los harán devolver, ¿ qué sucedería en caso de que no me los reclamaran?, en la declaración anual de rentas que tendré que presentar el año que viene,  el SEPE va a tener acceso a mi declaración de la renta, donde lo cobrado del IMV ira al apartado "adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares" casilla 511 a 520, pero aparecerá el mínimo de 5.550,00, ya que independientemente de lo que cobres del ingreso mínimo vital siempre aparece dicha cuantía, así que doy por hecho que el SEPE, aunque no se me reclamara por parte del ingreso mínimo vital dichos atrasos incorrectamente pagados, no "los vería", no? En cualquier caso si multiplicamos los 850 euros permitidos por 12 meses,  yo lo cobrado en totalidad de ingreso mínimo vital, incluidos esos atrasos incorrectamente pagados, no supero dicha cantidad, ¿me equivoco en algo compañero?, gracias de antemano 
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pelas 21/11/24 13:44
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Muchas gracias por tu respuesta compañero, bueno yo solicité el subsidio mayores 52 años en junio, ¿quieres decir que si yo he cobrado en mayo, más de los 850 euros de ingreso mínimo vital más la parte proporcional para ese mes de mayo de los atrasos de ingreso mínimo vital, si contaría como que me he excedido?, porque yo en mayo sumando ambas cuantías de atrasos y mensualidad de ingreso mínimo vital, si me pasé de los 850, eso sí es un dinero de pago indebido (me hace gracia que el IMV lo llame cobro indebido) por parte del ingreso mínimo vital y que luego voy a tener que devolverles, ¿o el mes de mayo, que es el mes anterior a mi solicitud de subsidio mayores 52 años pedida en junio, no cuenta?, gracias de antemano
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pelas 21/11/24 03:24
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Hola, por favor a ver si algún compañero o compañera me puede ayudar:  cobro el subsidio de 52 años desde el mes de junio de este año 2024 a razón de 480 euros. También el ingreso mínimo vital a razón de 124 euros, pero en la nómina de octubre he tenido un pago por parte del ingreso mínimo vital en concepto de ATRASOS pertenecientes a 6 meses del año 2024,  y la nómina ha ascendido a casi 3.000 euros, ¿ debo de notificar algo al SEPE ahora, o no, al ser una cuantía de atrasos de varios meses, en este caso de seis? En total de todo este año 2024 cobraré unos 8.700 euros de ingreso mínimo vital (incluidos esos 3.000 euros) de atrasos) gracias 
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pelas 21/11/24 02:14
Ha respondido al tema Subsidio de 52 - opciones
Hola compañero, tengo una duda a ver si tu me puedes ayudar: estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años que me han concedido desde el mes de junio incluido, a razón de 480 euros al mes, y también cobro el ingreso mínimo vital a razón de 124 euros mes, pero me debía el ingreso mínimo vital unos atrasos y en el mes de octubre he tenido una nómina de casi 3.000 euros: ¿debo de notificar al SEPE esto, o los atrasos del ingreso mínimo vital no computan? Y en caso de que deba de notificarlo, ¿cuando? ¿ahora de forma inmediata por haber tenido ese mes esa cuantía, o en la DAR que haga cuando cumpla un año EN JUNIO DE 2025 de que esté cobrando el subsidio para mayores de 52 años? muchas GRACIAS
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pelas 08/05/24 12:27
Ha respondido al tema Atrasos imv marzo 2024 - Ingreso mínimo vital
No, tienes que hacer tú un escrito donde el encabezamiento vaya bien grande "reclamación previa a la vía judicial", si entras en Google tienes plantillas donde te indican cómo hacerlo, y después entregarlo en el INSS sea por correo certificado de sobre abierto o en persona
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